Mediante Resolución 418 del 15 de abril de 2024 emitida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el pasado 2 de junio se reactivó la plataforma del RENARE con el objetivo de monitorear la información de los diferentes proyectos, obras y actividades encaminadas a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero en el país. Lo anterior, permitirá tener mayor control sobre el cumplimiento de los compromisos de mitigación de Colombia que consisten en disminuir las emisiones a un 51% para el año 2030 y llegar a ser carbono neutro para el 2050, según lo establecido por la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático.
El RENARE fue creado por primera vez por la Resolución 1447 de 2018 para el control, seguimiento y contabilidad de información sobre las iniciativas de mitigación tales como: Acciones Nacionalmente Apropiadas de Mitigación (NAMAs, por sus siglas en inglés), Mecanismos de Desarrollo Limpio, Programas de Desarrollo Bajo en Carbono, proyectos para la Reducción de las Emisiones de la Deforestación (REDD+), emisión de créditos de carbono, entre otros. El registro reporta y permite la trazabilidad de cada fase de registro de proyectos, a saber: (i) la factibilidad, (ii) la formulación, (iii) la implementación y (iv) el cierre. Adicionalmente, en esta plataforma, se podrán registrar iniciativas de distintos sectores, como: transporte, energía, residuos y sector agropecuario.
Para aquellos proyectos que ya estaban registrados en la plataforma del RENARE será importante adelantar la actualización de la información. Si durante el tiempo en que estuvo inactiva la plataforma el proyecto cambió de fase se debe informar al Ministerio.
Entre otras cosas, con el registro, control y verificación de la autoridad ambiental, se podrá evitar la doble contabilidad de los resultados de mitigación y, los proyectos podrán generar un certificado para la no causación del impuesto al carbono. Lo anterior implica que el registro permitiría que la contabilidad – para evaluar el progreso y cumplimiento de metas de mitigación de cada país - sea transparente y permita asignar efectivamente los beneficios ambientales de cada proyecto y país.
De acuerdo con la Resolución 418 de 2024, que reglamenta la administración del RENARE, será obligación del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible reglamentar el funcionamiento y definir la administración de este registro. También podrá utilizar las soluciones tecnológicas y configuraciones operativas junto con otras herramientas tecnológicas del Sistema Nacional de Información Ambiental -SIAC- o cualquier otra tecnología necesaria para su correcto funcionamiento.
Actualmente, el acceso a la plataforma tecnológica del RENARE se debe realizar a través del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales – IDEAM, mientras terminan de migrar la plataforma a la página del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Se resalta que la plataforma permite el acceso a la información de forma gratuita a terceros interesados en los proyectos registrados. Dentro de la información disponible se podrá obtener información del área geográfica y el periodo de implementación de cada proyecto.