Puesta en marcha de la aplicación informática del Registro de la Propiedad Intelectual

2022-02-21T08:25:00
España

Una nueva herramienta informática permitirá la tramitación telemática de las solicitudes ante el Registro de la Propiedad Intelectual.

Puesta en marcha de la aplicación informática del Registro de la Propiedad Intelectual
21 de febrero de 2022

El pasado 1 de febrero el Ministerio de Cultura y Deporte anunció que, en adelante, los autores podrán solicitar la inscripción de sus obras en el Registro de la Propiedad Intelectual (“RePI”) mediante una nueva aplicación informática. 

 Conviene recordar que el RePI es un mecanismo administrativo para la protección de los derechos de propiedad intelectual de los autores y demás titulares sobre sus obras, actuaciones o producciones. Los derechos se adquieren en el mismo momento de creación de la obra por lo que el registro tiene carácter voluntario. Sin embargo, realizar la inscripción conlleva las siguientes ventajas: 

> Produce efectos publicitarios dado su carácter público.

> Previene el plagio, al poner en conocimiento del público la existencia de derechos protegidos sobre una obra.

> Constituye un medio de prueba para acreditar formalmente la existencia de la obra y la titularidad de los derechos.

> Evita posibles conflictos en casos de coautoría, dado que los porcentajes de titularidad quedan reflejados en la inscripción.

> Permite participar en convocatorias para obtener subvenciones o ayudas por parte de las Administraciones Públicas.

> Sirve al interés general, estimulando la creación y dando cumplimiento a los principios de transparencia y acceso a la información registral.

Hasta ahora, tan solo los Registros Territoriales de Andalucía y de la Comunidad de Madrid disponían de sistemas propios de tramitación telemática de solicitudes de inscripción, por lo que en el resto de territorios para llevar a cabo el proceso de solicitud de registro de una obra era necesario presentar ciertos formularios y documentación de manera presencial.

Con el objetivo de facilitar y agilizar la gestión de los procedimientos de registro, se ofrece ahora una herramienta telemática como alternativa a la presentación presencial de las solicitudes.

Mediante esta aplicación será posible dirigir solicitudes de inscripción de obras tanto a los Registros Territoriales (excepto en Andalucía y Madrid, donde se seguirán utilizando sus sistemas propios) como al Registro Central de la Propiedad Intelectual. Ante este último Registro, además, será posible realizar otro tipo de solicitudes tales como la publicidad registral, la modificación de asientos o la corrección de errores.  

Para presentar la solicitud telemática de primera inscripción, la persona interesada deberá acceder a la sede electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte y seguir los siguientes pasos:

> Autenticación con Cl@ve para la cumplimentación de la solicitud.

> Pago de la tasa.

> Firma y envío de la solicitud.

> Aportación de la copia electrónica del ejemplar identificativo de la obra.

En definitiva, se trata de un avance importante no solo para los autores sino también para las administraciones implicadas, dado que esta herramienta permitirá la tramitación completa de los procedimientos de inscripción y publicidad registral en la administración electrónica.

21 de febrero de 2022