DSA (I): obligaciones aplicables a todos los intermediarios

2022-12-16T10:27:00
Internacional

Tras la publicación en el DOUE de la versión definitiva de la DSA, en esta entrada resumimos las obligaciones aplicables a todos los prestadores

DSA (I): obligaciones aplicables a todos los intermediarios
16 de diciembre de 2022

Tal y como anunciamos en esta entrada de nuestro blog: La Ley de Servicios Digitales ya está aquí. Y ahora...¿qué?, el pasado 27 de octubre se publicó el texto final del Reglamento de Servicios Digitales (“Digital Services Act” o “DSA” en inglés), que será plenamente aplicable a partir del 17 de febrero de 2024.

Es por ello que hemos preparado una serie de entradas de blog (siendo esta la primera), en las que vamos a analizar las nuevas obligaciones en ella impuestas a los distintos prestadores de servicio de intermediación en función de su naturaleza y tamaño. En particular, esta entrada detalla las obligaciones impuestas a todos los prestadores, independientemente de su tamaño y naturaleza.

Puntos de contacto

Deben designar un punto único de contacto que permita, tanto a autoridades competentes como a los destinatarios del servicio, ponerse en contacto con ellos. A tal fin, deben hacer pública la información de contacto en un lugar accesible y fácil de localizar.

Representantes legales

Aquellos que no tengan un establecimiento en la Unión pero que ofrezcan sus servicios en la UE deben designar una persona física o jurídica que actuará en calidad de representante legal. El representante legal será el destinatario de las comunicaciones recibidas por parte de autoridades competentes y podrá ser responsable por el incumplimiento de las obligaciones establecidas en la DSA.

Condiciones generales

Las condiciones generales deben informar sobre cualquier restricción que impongan sobre el uso de su servicio respecto de la información proporcionada por los destinatarios, como por ejemplo las medidas y herramientas empleadas para moderar contenidos.

Obligaciones de transparencia informativa de los prestadores de servicios intermediarios (no aplicable a microempresas y empresas pequeñas)

Deben publicar al menos anualmente informes claros y comprensibles sobre las actividades de moderación de contenidos realizadas y que incluya, por ejemplo, el número de órdenes recibidas por autoridades competentes o número de reclamaciones recibidas.

16 de diciembre de 2022