Tendencias de mercado en M&A en España 2024

2025-03-04T18:06:00
España
Perspectivas del mercado y tendencias de M&A en España
Tendencias de mercado en M&A en España 2024
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4 de marzo de 2025

Basado en el análisis de las operaciones más relevantes en las que Cuatrecasas ha asesorado, este estudio refleja las tendencias del mercado español de M&A en 2024.  

Hemos asesorado más de medio centenar de operaciones de M&A sujetas a Derecho español, cuyo valor fuera superior a los 10 millones de euros, y ejecutadas mediante contratos de compraventa de participaciones o acciones, tanto de M&A general como operaciones de private equity

Principales tendencias de mercado en 2024

  • Subastas. Se aprecia un ligero incremento de las operaciones negociadas en el marco de una subasta, opción por la que optan la mayor parte de los fondos de private equity en sus desinversiones.
  • Condiciones suspensivas. Más de la mitad de las operaciones tuvieron firma y cierre diferido debido a la inclusión de condiciones suspensivas. Si nos referimos solo a las operaciones por encima de los 100 millones de euros, el porcentaje es de un 100 %. Como es habitual, las condiciones suspensivas que regulan los contratos tienen una naturaleza variada. Destacan las (i) autorizaciones regulatorias, sobre todo de competencia y en menor medida de FDI, (ii) aquellas relacionadas con la firma, el mantenimiento o la terminación de determinados contratos estratégicos y (iii) la de aportar waivers para cambios de control (de bancos, proveedores, etc.). 
  • Mecanismo de precio. El mecanismo de locked-box se ha utilizado más que el mecanismo de ajuste del precio con cuentas de cierre (44 % de las operaciones vs 35 % de las operaciones), especialmente en operaciones de private equity, en las que es el mecanismo mayoritariamente utilizado. El 20 % de las operaciones que optaron por un locked-box incluyeron un equity ticker, es decir, un interés sobre el precio entre la fecha de referencia de los estados financieros y la fecha de firma o cierre, o un interés sobre la salida de caja. Su uso se ha incrementado respecto del año pasado. 
  • Entre los parámetros financieros más utilizados para el ajuste al precio, la deuda neta y la referencia al working capital han sido los más habituales. El 23 % de las operaciones utilizaron la deuda como parámetro de ajuste al precio, el 10 % el working capital y el 33 % utilizaron la deuda y el working capital. 
  • Momento del pago del precio. En más de la mitad de las ocasiones las partes pactaron un precio inicial y un precio aplazado. El 72 % de los precios aplazados han sido un precio variable (earn-out), el 16 % han combinado con un precio aplazado fijo y un earn-out y en el resto de los casos se trataba de un precio aplazado fijo. El parámetro más utilizado para el cálculo del earn-out han sido el EBIT y el EBITDA, así como la consecución de un hito determinado (por ejemplo, la resolución de un litigio o el cobro de una deuda). 
  • Límite cuantitativo de responsabilidad del vendedor. El límite de responsabilidad por las declaraciones y garantías de negocio otorgadas por el vendedor en las distintas operaciones es muy variado, pero la inmensa mayoría (el 82 %) se encuentran por debajo del 50 % del precio de compra. Por lo que respecta a la responsabilidad del vendedor por el incumplimiento de las declaraciones y garantías de título y capacidad (las llamadas fundamental warranties), como es habitual, la inmensa mayoría de los contratos establecen un límite de responsabilidad igual al precio de venta o directamente no recogían límites.
  • Seguro de W&I. A diferencia de las operaciones de private equity en las que el uso del seguro de W&I es una práctica habitual, el porcentaje se reduce al 25 % cuando se tienen en cuenta todas las transacciones de M&A. Con todo, durante 2024 el 60 % de las operaciones que optaron por el uso del seguro eran operaciones de M&A en las que no participaba un fondo de private equity, lo que indica que uso se está generalizando también fuera de este sector. 
  • Límite temporal de responsabilidad. El plazo más habitual para las manifestaciones y garantías generales fue de 24 meses (42 % de las operaciones) y de 18 meses (30 % de las transacciones) con datos muy similares a los de 2023. El plazo de prescripción de en las declaraciones y garantías fundamentales (título y capacidad), fiscales, laborales y de seguridad sociales es habitualmente el plazo de prescripción legal. En función del tipo de operación y el sector, también cabe ver esta extensión del plazo de prescripción hasta el plazo legal en relación con manifestaciones y garantías de naturaleza penal, administrativa, y, en menor medida, en las de propiedad intelectual o protección de datos. 
  • Conocimiento del comprador. La inmensa mayoría de los contratos regulan el impacto que tiene el conocimiento del comprador en la responsabilidad del vendedor. En el 52 % de las ocasiones se pactó una cláusula anti-sandbagging) mientras que en el 27 % una cláusula pro-sandbagging. A veces se pacta una solución mixta, que consiste en que el conocimiento del comprador no excluye la responsabilidad del vendedor si se trata de reclamaciones de terceros, pero sí excluye su responsabilidad en las reclamaciones directas (4 % de las operaciones). Una tendencia al alza es que casi la mitad de las operaciones que incluyeron una claúsula anti-sandbagging circunscriben la limitación de responsabilidad a la información razonablemente revelada (fairly disclosed) al comprador en los materiales de la due diligence o de otra forma.
  • Resolución de conflictos. El arbitraje como mecanismo de resolución de disputas ha descendido. La jurisdicción fue la opción preferida por las partes en el 77 % de las transacciones. En aquellas operaciones en las que se optó por el arbitraje, la sede escogida fue Madrid (principalmente) o Barcelona, en prácticamente todas las transacciones. La corte elegida en dos tercios de las ocasiones es la Cámara de Comercio Internacional (ICC por sus siglas en inglés) (36 %) o la Corte Civil y Mercantil de Arbitraje (CIMA) (27 %).
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4 de marzo de 2025