Criterios para determinar la validez de las cláusulas relativas a la opción multidivisa (...)

2024-09-01T17:09:00
España
Comentario de las sentencias del Tribunal Supremo de 28 de marzo y 10 de abrol de 2023 (418/2023 y 445/2023)
Criterios para determinar la validez de las cláusulas relativas a la opción multidivisa (...)
1 de septiembre de 2024

Ambas sentencias abordan la nulidad parcial de los préstamos hipotecarios multidivisa y sus consecuencias. Sin embargo, las sentencias difieren en el alcance de la nulidad y en sus efectos sobre el saldo y las cuotas del préstamo.

La Sentencia del Tribunal Supremo 1287/2023, de 10 de abril declara la nulidad de todas las cláusulas multidivisa y ordena que el préstamo se trate como si se hubiera concedido y amortizado en euros desde el inicio. Además, como consecuencia de la desaparición de las referencias a moneda extranjera, declara la nulidad de la cláusula que obliga al prestatario a aportar garantías adicionales si la moneda se aprecia más de un 10% respecto al euro. La Sentencia estima el recurso de casación del prestatario y revoca la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, que había confirmado la sentencia de primera instancia que solo había anulado las cláusulas de vencimiento anticipado y de interés de demora por abusivas.

La Sentencia del Tribunal Supremo 1068/2023, de 28 de marzo solo declara la nulidad de las cláusulas que facultan al banco a exigir garantías adicionales o a cancelar la parte excedida del préstamo si el equivalente en euros supera el límite del préstamo en un 10%, y a declarar el préstamo vencido anticipadamente si el equivalente en euros del capital pendiente supera el límite pactado. La Sentencia mantiene la validez del resto de las cláusulas que regulan la opción multidivisa del préstamo. En definitiva, la sentencia estima parcialmente el recurso de casación del prestatario y confirma en lo demás la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, que había revocado la sentencia de primera instancia que había declarado la nulidad parcial del contrato respecto al contenido multidivisa y ordenado el recálculo del préstamo como si se hubiera concedido en euros. 

Ver el capítulo completo en: Comentarios a las Sentencias de Unificación de Doctrina (Civil y Mercantil), 2023.


1 de septiembre de 2024