...de dº estatutario de adquisición preferente, a pesar de la discrepancia entre los accionistas sobre el precio, que tendrá que ser fijado por el RM
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SuscribirmeComentario de la Sentencia de la Audiencia Provincial de las Islas Baleares (Sección 5ª) núm. 384/2018, de 30-07-2018 (La Ley 146711/2018) que confirma la del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Palma de Mallorca núm. 558/2017, de 30-11-2017 (La Ley 241623/2017).
Las sentencias comentadas resuelven dos cuestiones relativas al ejercicio de un derecho de adquisición preferente de acciones contemplado en los estatutos de una sociedad anónima. En concreto, remitida por un accionista la denuntiatio en la que pone de manifiesto su intención de transmitir sus acciones y, habiendo ejercitado otro accionista su derecho de adquisición preferente, aunque en disconformidad con el precio de venta de las acciones, se suscitan las siguientes cuestiones: i) si es válida la estipulación estatutaria que establece que, a falta de auditor de la sociedad, deba ser uno independiente designado por el Registro Mercantil (RM) quien fije el valor de las acciones, ii) si, pendiente de determinación el precio por el auditor, debe entenderse perfeccionado el negocio de venta no siendo ya admisible la retirada de la propuesta que ha sido aceptada o si, por el contrario, se puede entender que no se ha superado aún la fase de negociación o tratos preliminares.
Ver el capítulo completo en: 2019 Práctica Contenciosa para abogados. La Ley, junio 2019.
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