El acto ilícito flagrante como excepción al deber de información en la videovigilancia (...)

2025-03-10T17:01:00
España
La instalación de cámaras de videovigilancia en el lugar de trabajo

El acto ilícito flagrante como excepción al deber de información en la videovigilancia (...)
10 de marzo de 2025
Han pasado ya más de dos décadas desde que se inició la andadura judicial y el debate doctrinal sobre las posibilidades y límites en la videovigilancia en el ámbito laboral.

Efectivamente, y como resulta conocido, uno de los primeros y principales hitos en esta materia lo situamos en la importante Sentencia del Tribunal Constitucional núm. 186/2000, de 10 de julio, donde se enjuiciaba la constitucionalidad de la medida de instalación de un circuito cerrado de televisión para la vigilancia de la actividad laboral de un trabajador, en este caso desde la perspectiva del derecho a la intimidad.

Ver el artículo completo en: Forelab: Foro Español de Laboralistas. 66º Tribuna Laboral en colaboración con Lefebvre-El Derecho, 10 de marzo de 2025.

10 de marzo de 2025