La aplicación de la cláusula rebus sic stantibus a lo pactado en el convenio colectivo de empresa

2020-05-01T16:35:00
España

Sentencia n.º 238 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 4 de marzo de 2019

La aplicación de la cláusula rebus sic stantibus a lo pactado en el convenio colectivo de empresa
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1 de mayo de 2020

La sentencia analizada en el presente comentario, dictada por la Sección 6.ª del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de fecha 4 de marzo de 2019, confirma la sentencia núm. 235 del Juzgado de lo Social núm. 23 de Madrid de fecha 14 de mayo de 2018.

Trabajo y Derecho, Nº 65, Sección Jurisprudencia / Observatorio temático de jurisprudencia, Mayo 2020, Wolters Kluwer.

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1 de mayo de 2020