40 % del sexo menos representado en el consejo
La Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres (“Ley de Paridad”), que entrará en vigor el próximo 22 de agosto, modifica entre otros la Ley de Sociedades de Capital (“LSC”) y la Ley del Mercado de Valores y Servicios de Inversión (“LMVSI”) para incorporar la Directiva 2022/2381/UE (“Directiva”) a nuestro ordenamiento jurídico interno. En relación con la Directiva, véase el post sobre el Impulso a la diversidad de género en los consejos de cotizadas.
En lo que se refiere a las sociedades cotizadas, su principal objetivo es velar por que alcancen unos umbrales mínimos de presencia del sexo menos representado en sus consejos. Para lograrlo impone:
- Cuota legal mínima en el consejo del sexo menos representado: 40 % del sexo menos representado en el consejo a partir de:
- 30 de junio de 2026 para las 35 sociedades con mayor valor de capitalización bursátil (determinada utilizando la cotización de cierre en el día en que la Ley de Paridad entre en vigor).
- 30 de junio de 2027 para las demás sociedades cotizadas.
- Ajustes en los procesos de selección de consejeros: cuando una sociedad cotizada no alcance esta cuota mínima, deberá ajustar su proceso de selección de consejeros para dar preferencia al candidato del sexo menos representado en caso de igualdad de competencia, salvo que existan motivos de mayor alcance jurídico que lo justifiquen.
- Nuevas medidas de transparencia: obligación de informar anualmente a la junta, a la CNMV, en su página web y en su informe de sostenibilidad sobre la presencia de mujeres y hombres en el consejo y las acciones realizadas para cumplir con los nuevos objetivos.
- Alta dirección: norma programática para incrementar la paridad, sometida al principio de "cumplir o explicar".
- Régimen sancionador: el incumplimiento de las obligaciones previstas respecto del consejo, y la falta de información o la información falsa o engañosa sobre paridad en la alta dirección se consideran infracciones graves.
Además, impone nuevas obligaciones para determinadas entidades de interés público, que describimos en el post sobre las Nuevas exigencias de paridad para entidades de interés público.