La posible inconstitucionalidad del Real Decreto-ley 3/2016

2023-07-10T16:55:00
España
El Tribunal Constitucional admite a trámite una de las cuestiones de inconstitucionalidad planteadas 
La posible inconstitucionalidad del Real Decreto-ley 3/2016
10 de julio de 2023

Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la admisión a trámite de la cuestión de inconstitucionalidad 2577/2023, en relación con el artículo Primero, apartados uno y dos, del Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social.

Recordemos que las medidas aprobadas por este Real Decreto-Ley 3/2016 han conllevado (y siguen conllevando) un incremento muy significativo de las cuotas del Impuesto sobre Sociedades (“IS”) desde el ejercicio 2016. En concreto, se trata de medidas con un gran impacto en la cuota del IS de muchos contribuyentes y grupos fiscales, tales como:

  • una mayor limitación en la compensación de bases imponibles negativas para las entidades o grupos fiscales con un importe neto de la cifra de negocios superior a 20 millones de euros,
  • una mayor limitación en la aplicación de las deducciones por doble imposición para entidades o grupos fiscales con un importe neto de la cifra de negocios superior a 20 millones de euros,
  • la no deducibilidad de las pérdidas derivadas de la transmisión de participaciones en otras entidades, y
  • la reversión automática, en quintas partes, de los deterioros de valor de las participaciones en los ejercicios 2016-2020.

Desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 3/2016 habíamos cuestionado su adecuación a la Constitución y recomendado la impugnación de las autoliquidaciones que se veían afectadas por sus disposiciones. Recientemente se han planteado varios recursos de inconstitucionalidad sobre esta normativa tal como avanzábamos en nuestro Legal flash | Planteada cuestión de inconstitucionalidad del Real Decreto-ley 3/2016, por lo que la cuestión va a ser analizada finalmente por el Tribunal Constitucional.

De declararse inconstitucional, las empresas y grupos fiscales podrían recuperar las cuotas ingresadas derivadas de estas medidas de aquellos ejercicios que no hayan prescrito.

Ante ello, las empresas y grupos fiscales afectados por las medidas del Real Decreto-ley 3/2016 deben analizar —de no haberlo hecho con carácter previo— qué impacto han tenido y tienen las medidas en sus cuotas del IS así como los mecanismos jurídicos a su alcance para intentar recuperar dichas cuotas ante una eventual declaración de inconstitucionalidad. Conviene evitar que la prescripción acabe operando —para aquellos ejercicios que no se encuentren prescritos— o que pueda considerarse, en función del fallo del Tribunal Constitucional, que se trata de situaciones no susceptibles de ser revisadas. Conviene, por tanto, buscar la mejor estrategia a seguir. 

10 de julio de 2023