Recientemente se ha publicado la Ley 22/2022, de 19 de octubre, por la que se modifica el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra incorporando, entre otras, las siguientes modificaciones:
- En sede del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se modifica la regla de exacción de determinadas retenciones e ingresos a cuenta por rendimientos de trabajo.
- Se incrementa de 7 a 10 millones de euros, el umbral del volumen de operaciones que sirve para delimitar la competencia para la exacción y la comprobación en el Impuesto sobre el Valor Añadido (“IVA”) y en el Impuesto sobre Sociedades, así como la normativa aplicable en este último Impuesto.
- Se modifican los puntos de conexión para la exacción del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para adaptar la normativa foral al derecho comunitario.
- Se regulan nuevos puntos de conexión para la exacción correspondiente a algunos regímenes especiales del IVA, como por ejemplo, las ventas a distancia, o la aplicación del mecanismo de ventanilla única.
- Se incorporan al Convenio Económico, entre otros, el Impuesto sobre Transacciones Financieras (“Tasa Tobin”) y el Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales (“Tasa Google”).