Devolución derivada de la normativa del tributo o de ingresos indebidos
La resolución del Tribunal Económico-Administrativo Foral de Gipuzkoa (TEAFG), de 14 de junio de 2018, plantea cuál es la calificación jurídica de una devolución derivada de una solicitud de rectificación de una autoliquidación del IRPF, por proceder la aplicación de una exención no contemplada en la autoliquidación original. La diferente calificación como devolución de ingresos indebidos —posición del obligado tributario— o como devolución derivada de la normativa del tributo —posición de la Administración, ratificada por el TEAFG— afectará al cómputo de los intereses.
Fórum Fiscal, nº 253/2019 (mayo).