Recientemente, la Dirección General de Tributos (“DGT”) ha publicado diferentes consultas vinculantes en las que fija criterios en relación con determinadas cuestiones novedosas relativas a las deducciones de los artículos 36.1 (producciones audiovisuales nacionales), 36.2 (producciones audiovisuales internacionales) y 39.7 (contrato de financiación en virtud del cual un inversor tercero “adquiere” las deducciones de los artículos 36.1 y 36.3 de la Ley del IS con una rentabilidad máxima del 20%).
Asimismo, en este Post nuestro equipo de especialistas ha analizado una consulta de la DGT que resuelve varias dudas sobre el cálculo de la deducción del art. 36.2 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
Durante esta sesión analizaremos brevemente los citados criterios de la DGT, así como el impacto tendrían los mismos en las deducciones correspondientes.
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