El acuerdo A/023/2023 por el que se dejan sin efectos los acuerdos: (i) A/001/2021 por el que se establece la suspensión de plazos y términos, como medida de prevención y combate de la propagación del coronavirus COVID-19; y (ii) A/004/2023 por el que se reanudan los plazos y términos legales de manera ordenada y escalonada.
La publicación del Acuerdo brinda certidumbre al Sector Energético, ya que, por virtud de la entrada en vigor de este – a partir de su publicación en el DOF –, los actos y procedimientos sustanciados en la CRE se atenderán conforme a lo previsto en las leyes y reglamentos aplicables, es decir, se restablecieron los plazos y términos legales como estaban antes de la pandemia de COVID-19.
Se destaca que la publicación del Acuerdo atiende a una solución de la CRE para contrarrestar: (i) el rezago en la resolución de procedimientos; y (ii) el otorgamiento de diversas suspensiones definitivas e inclusive amparos que dejan sin efectos lo establecido en el Acuerdo A/004/2023.