La Comisión Europea multa a IF&F por obstrucción a una inspección

2024-07-16T10:17:00
Unión Europea
Un empleado borró mensajes de WhatsApp durante la inspección; la multa asciende a 15,9 millones €
La Comisión Europea multa a IF&F por obstrucción a una inspección
16 de julio de 2024

La Comisión Europea (CE) ha impuesto una multa de 15,9 millones de euros a International Flavors & Fragances Inc. y a International Flavors & Fragances IFF France SAS (IF&F) por obstruir una inspección domiciliaria en el marco de la investigación sobre el sector de las fragancias para el consumidor (expediente AT.40826).

La obstrucción a la labor inspectora

En marzo de 2023, en el marco de la citada investigación, la CE llevó a cabo inspecciones domiciliarias sin previo aviso en las sedes de diversas compañías de forma simultánea (ver nota de prensa de la CE, en inglés, aquí).

Durante la inspección en IFF, el equipo de inspección solicitó la revisión de dispositivos móviles de varios de sus empleados. Durante la revisión, la CE detectó que un empleado, tras haber sido informado de la inspección, había borrado mensajes de la aplicación WhatsApp que había intercambiado con un competidor. El equipo de inspección pudo recuperar los mensajes eliminados mediante herramientas de informática forense, y comprobó que contenían información de negocio relevante para la investigación.

A la vista de lo anterior, la empresa reconoció los hechos de forma inmediata y cooperó con la CE durante y con posterioridad a la inspección. En este sentido, durante la inspección, IF&F asistió a la CE en la recuperación y disponibilidad de los datos inicialmente eliminados el mismo día de la inspección y, posteriormente, cuando la CE incoó el expediente sancionador por obstrucción a la labor inspectora, la empresa reconoció su responsabilidad y aceptó el importe de la multa que la CE se disponía a imponer.

La determinación de la multa

El Reglamento (CE) n. 1/2003 faculta a la CE a imponer multas de hasta un 1% del volumen de negocios total de la empresa por conductas que supongan una obstrucción a la labor inspectora.

La CE consideró que la actuación de IF&F durante la inspección domiciliaria constituyó una infracción muy grave, puesto que el empleado borró de manera intencionada los mensajes tras tener conocimiento de la inspección, y fue la CE quien identificó la eliminación por sus propios medios, sin que la empresa informara de ello motu proprio.

A la vista de ello, la CE consideró inicialmente que la imposición de una multa correspondiente al 0,3% del volumen de negocios total de IF&F sería proporcional a los hechos sancionados y tendría efectos disuasorios. Sin perjuicio de ello, la CE tomó igualmente en consideración la cooperación proactiva de la empresa durante la inspección y el procedimiento sancionador posterior, y redujo el importe de la multa en un 50%. Así, la multa finalmente impuesta a IF&F, de 15,9 millones de euros, representa el 0,15% de su volumen de negocios total.

Comentarios

La multa a IF&F no es la primera que la CE impone a una empresa por obstrucción a la labor inspectora, ni la de mayor importe. Entre otras, en 2008, la CE impuso una multa de 38 millones de euros a E.On por la rotura de un precinto durante una inspección; o, en 2012, multó con 2,5 millones de euros a Energetický aprumyslový y a EP Investment Advisor por el acceso no autorizado a una cuenta de correo electrónico que se había bloqueado con ocasión de la inspección y el desvió del correo entrante a otra dirección.

Sin embargo, el presente caso sí es novedoso, en primer lugar, por  tratarse de la primera vez que la CE impone una multa por la eliminación de mensajes en una aplicación de mensajería instantánea en un dispositivo móvil. Además, también es la primera vez que la CE aplica el procedimiento de cooperación a una infracción de naturaleza procedimental.

La CE y las autoridades nacionales de competencia disponen de amplias facultades de investigación en el marco de inspecciones domiciliarias sin previo aviso. En el desarrollo de tales inspecciones, las autoridades de competencia disponen de medios técnicos y herramientas de informática forense para detectar la eliminación o la manipulación de información o documentación electrónica.

El presente caso pone de relieve y sirve como recordatorio de la importancia, tal y como explicamos ampliamente en nuestra sección sobre Inspecciones sorpresa de las autoridades de competencia, de una preparación y formación adecuadas en este ámbito que ayuden a las empresas a afrontar una inspección, y en particular a prevenir actuaciones que constituyan una obstrucción a la inspección, con las consecuencias que ello supone.

16 de julio de 2024