El Tribunal Supremo (TS), en sentencias de 23 y 27 de mayo de 2019, ha confirmado la posibilidad de sancionar exclusivamente a una empresa matriz por las infracciones cometidas por su empresa filial, siempre y cuando no se haya desvirtuado la presunción de que la matriz ejerce una influencia decisiva sobre la filial.
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SuscribirmeEl Tribunal Supremo (TS), en sentencias de 23 y 27 de mayo de 2019, ha confirmado la posibilidad de sancionar exclusivamente a una empresa matriz por las infracciones cometidas por su empresa filial, siempre y cuando no se haya desvirtuado la presunción de que la matriz ejerce una influencia decisiva sobre la filial.
Siguiendo esta interpretación, el TS ha casado las sentencias dictadas por la Audiencia Nacional (“AN”) el 22 de diciembre de 2017 y 28 de julio de 2017 que habían declarado la nulidad de dos resoluciones de la CNMC. En ambas resoluciones, la CNMC había sancionado directamente a Repsol S.A. (“Repsol”), la matriz del Grupo Repsol, por conductas anticompetitivas cometidas por la filial Repsol Comercial de Productos Petrolíferos S.A. (“Repsol Comercial”).
En la primera resolución de febrero de 2015 (S/474/13 PRECIOS COMBUSTIBLES AUTOMOCIÓN), la CNMC multó con un total de 32,4 millones de euros a Repsol y otras 4 empresas de carburantes por acuerdos anticompetitivos consistentes en fijación de precios, pactos de no agresión e intercambios de información estratégica entre diferentes estaciones de servicio. En la segunda resolución de julio de 2015 (S/484/13 REDES ABANDERADAS), la CNMC multó con un total de 22,8 millones de euros a Repsol y otras estaciones de servicio por coordinar precios de venta al público, intercambiar información estratégica y pactar descuentos.
Repsol recurrió ambas resoluciones por la vía especial del procedimiento de protección de derechos fundamentales ante la AN. La controversia planteada en sede judicial se refiere esencialmente a la interpretación del artículo 61.2 de la Ley de Defensa de la Competencia (“LDC”), que permite atribuir la responsabilidad solidaria a la matriz por las infracciones de su filial, excepto cuando el comportamiento económico de la filial no venga determinado por la matriz.
La AN estimó los recursos interpuestos por Repsol por entender que la CNMC había sancionado erróneamente a Repsol como autora material por determinadas conductas de su filial Repsol Comercial. La AN argumentó que, en ese caso, no cabía atribuir únicamente la responsabilidad directa a la empresa matriz sino solo la responsabilidad solidaria en la medida en que se declarase responsable a la filial. Por lo tanto, las sanciones impuestas a Repsol fueron anuladas.
Sin embargo, el TS interpreta el artículo 61.2 de la LDC a la luz de los principios de culpabilidad y personalidad deducibles de los artículos 24 y 25 de la Constitución Española, estableciendo que se puede sancionar en exclusiva a una empresa matriz por una infracción cometida por su filial siempre que exista una “influencia decisiva” de la matriz sobre el comportamiento económico de la filial.
El TS entiende que en este caso debe aplicarse la presunción de influencia decisiva prevista en el artículo 61 de la LDC, ya que Repsol posee casi un 100 % de capital de Repsol Comercial, presunción que tiene que ser refutada por la matriz mediante la prueba de que la filial cometió la infracción de forma autónoma.
Así, el TS distingue dos tipos de responsabilidad: una para la entidad que cometió la infracción (artículo 61.1 LDC) y otra aplicable a grupos empresariales en los que la matriz es responsable de las infracciones de la filial que está bajo su control, siempre que ejerza una influencia decisiva sobre esta (artículo 61.2 LDC).
Puesto que las sentencias del TS han sido dictadas en procedimientos especiales de protección de derechos fundamentales, las cuestiones de fondo sobre la resoluciones de la CNMC serán discutidas en los recursos contencioso-administrativos interpuestos por la vía del procedimiento ordinario.
La sentencia del Tribunal Supremo sobre la resolución del expediente S/474/13 PRECIOS COMBUSTIBLES AUTOMOCIÓN está disponible aquí. La sentencia del Tribunal Supremo sobre la resolución del expediente S/484/13 REDES ABANDERADAS está disponible aquí.
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