Ley 15/2022 - Nueva ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación

2022-07-18T09:07:00
España

El legislador amplía el foco hacia todo tipo de discriminación más allá del género

Ley 15/2022 - Nueva ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación
18 de julio de 2022

El pasado 14 de julio de 2022 entró en vigor la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación (publicada en el BOE de 13 de julio). 

Esta nueva Ley tiene por objetivo prevenir y erradicar cualquier forma de discriminación y proteger de manera efectiva a las víctimas en todos los ámbitos de la sociedad: educativo, sanitario, cultural, inmobiliario… y también laboral. Según la exposición de motivos de la Ley, se trata de trasponer de manera más adecuada los objetivos y fines de las Directivas 2000/43/CE y 2000/78/CE, así como incorporar cierta jurisprudencia constitucional sobre el artículo 14 de la Constitución Española (CE).

Las novedades más relevantes en materia de trabajo por cuenta ajena, siguiendo la pauta normativa de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, son las siguientes:

Ampliación de los supuestos de discriminación

Si bien hasta la fecha el legislador se había enfocado en materia de discriminación laboral en la perspectiva de género, con esta nueva Ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación el legislador amplía claramente el foco hacia todo tipo de discriminación con base en cualquier variable. De este modo:

  • Se introduce expresamente la enfermedad o condición de salud, el estado serológico y/o predisposicion genética a sufrir patologías y trastornos como posibles causas de discriminación, además de otros factores como la edad, la expresión de género, la lengua o la situación socioeconómica, mateniendo la cláusula de cierre del art. 14 CE (“cualquier otra circunstancia personal o social”).
  • Se regulan nuevos tipos de discriminación, tales como la discriminación por error, la discriminación múltiple y la interseccional, y se incorporan, como conductas discriminatorias en sí mismas, la inducción, la orden o la instrucción de discriminar.

Acceso al empleo

No podrán establecerse limitaciones, segregaciones o exclusiones por razón de las causas previstas en la Ley para el acceso al empleo por cuenta ajena, incluidos los criterios de selección, en la formación para el empleo, en la promoción profesional, en la retribución, en la jornada y demás condiciones de trabajo, así como en la suspensión, el despido u otras causas de extinción del contrato de trabajo.

Nuevas obligaciones para las empresas

  • Las empresas tendrán que aplicar instrumentos para detectar, prevenir y cesar situaciones discriminatorias. Si se produjera una situación de discriminación en el seno de la empresa y no se hubiera cumplido con estas obligaciones, la empresa podrá ser responsable del daño causado.
  • Por medio de un futuro desarrollo reglamentario, se podrá exigir a las empresas de más de 250 personas trabajadoras que publiquen la información salarial necesaria para analizar los factores de las diferencias salariales teniendo en cuenta las causas de discriminación citadas en la Ley (por ejemplo y entre otros, el origen racial o étnico, el sexo, la religión, la edad, la discapacidad, la enfermedad, la orientación o la identidad sexual). En los términos que se expresa la Ley, esta obligación no resulta exigible todavía, a la espera de su posible implementación vía reglamentaria.

Nuevo papel de la representación legal de la plantilla en materia de responsabilidad social corporativa

Se establece que la representación legal de las personas trabajadoras deberá ser informada de las acciones de responsabilidad social destinadas a promover las condiciones de igualdad de trato y no discriminación en la empresa y en su entorno social. A su vez, se menciona la facultad empresarial de acordar estas acciones con dicha representación legal.

Plan anual de la ITSS

La Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social (ITSS) incluirá en su plan anual integrado de actuación, con carácter de objetivo de alcance general, el desarrollo de planes específicos sobre igualdad de trato y no discriminación en el acceso al empleo y en las condiciones de trabajo.

Por último, a pesar de que aprueba un nuevo régimen sancionador que introduce nuevas infracciones específicas en materia de discriminación así como sanciones que pueden alcanzar los 500.000 euros, en materia laboral y de seguridad social seguirá siendo aplicable la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

Esta nueva Ley, que amplía los supuestos de discriminación, supone una oportunidad para mejorar la gestión de la diversidad en las empresas, yendo más allá de la perspectiva de género, tanto a través de políticas y medidas específicas destinadas a detectar y prevenir cualquier tipo de discriminación, como también mediante la implementación de planes de diversidad. 

18 de julio de 2022