Propuesta Ómnibus I. Modificación de la taxonomía ambiental

2025-03-05T09:07:00
Unión Europea

Una reforma que busca simplificar y abaratar la elaboración de los informes exigidos por la taxonomía

Propuesta Ómnibus I. Modificación de la taxonomía ambiental
5 de marzo de 2025

El pasado 26 de febrero de 2025, la Comisión Europea aprobó una propuesta de paquete normativo (la “Propuesta Ómnibus I”) para, entre otras cosas, simplificar los requisitos de aplicación y divulgación conforme a la taxonomía ambiental de la Unión Europea. Para más detalle sobre en la Propuesta Ómnibus I y su justificación véase el Post | Propuesta de simplificación de la sostenibilidad y la inversión.

La Propuesta Ómnibus I incluye la modificación de determinados aspectos de los Reglamentos Delegados sobre divulgación de información relacionada con la taxonomía (2021/2178/UE), sobre la taxonomía climática (2021/2139/UE) y sobre la taxonomía medioambiental (2023/2486/UE). Para un breve resumen sobre el contenido de estos Reglamentos Delegados véase Legal Flash | Novedades en la taxonomía verde.

Destacamos a continuación los aspectos clave de esta modificación.

Justificación

  • La experiencia acumulada durante los primeros años de aplicación del Reglamento de Taxonomía (2020/852/UE) y su normativa de desarrollo ha permitido poner de manifiesto las grandes ventajas que ofrece esta clasificación para identificar de forma transparente las actividades que contribuyen sustancialmente a los seis objetivos medioambientales recogidos en dicho Reglamento. A la vez, se ha evidenciado que existe margen para simplificar los requisitos de divulgación al que están sujetas las empresas incluidas en su ámbito de aplicación.
  • El objetivo de la simplificación propuesta es que los informes que las empresas deben divulgar conforme a la taxonomía sean más sencillos y menos costosos. Para ello, se propone la flexibilización de determinados requisitos y la reducción del número datos que deben facilitarse (hasta en un 66 % para las empresas no financieras y un 89 % para las empresas financieras).
  • Este ejercicio de simplificación es independiente pero complementario al planteada en la Propuesta Ómnibus I para la Directiva CSRD. Para más detalle véase Legal Flash | Hacia una simplificación de la información de sostenibilidad.

Contenido de la Propuesta Ómnibus I

  • Cambios propuestos en las reglas de divulgación
    • Umbral mínimo de materialidad. Se propone introducir un umbral mínimo de materialidad para que las empresas puedan centrar sus esfuerzos en evaluar aquellas actividades que representan un porcentaje significativo de su volumen de negocio, inversiones en activos fijos (“CapEx”) o en gastos operativos (“OpEx”). De esta manera, no será necesario evaluar si las actividades que no alcancen estos umbrales cumplen con los criterios técnicos de selección.
      La aplicación de este umbral de materialidad permitiría a las empresas financieras no tener que reportar sobre aquellos indicadores clave de rendimiento (“KPI”) relativos a las actividades que no resulten relevantes para su negocio.
    • Divulgación de OpEx para actividades no significativas. Las empresas no financieras no tendrían que informar sobre el porcentaje de OpEx que se ajusta a la taxonomía para aquellas actividades que no excedan del 25 % de su volumen de negocio.
    • Exclusión de exposiciones de KPI para empresas con menos de 1.000 empleados. En coherencia con las modificaciones propuestas en la Directiva CSRD, se propone que las empresas financieras puedan excluir de los denominadores de sus KPI las exposiciones a aquellas empresas con menos de 1.000 empleados.
    • Retraso en la aplicación de ciertos KPI financieros. Se propone retrasar la aplicación de los KPI relativos a la cartera de negociación y a las comisiones de determinadas instituciones financieras hasta 2027.
    • Simplificación de plantillas. Se propone simplificar la plantilla resumen de KPI para las empresas no financieras, que pasa a ser una única tabla en lugar de tres. Esta tabla recogería únicamente los puntos de información que las empresas financieras necesitan para calcular sus propios KPI. Asimismo, se retira de la tabla resumen la información sobre las actividades no elegibles, información desglosada por objetivos, puntos de información sobre el criterio de no causar un perjuicio significativo (“DNSH”) y las garantías sociales mínimas para las actividades que se ajustan a la taxonomía.
      Se simplifica también la información para cada actividad, que pasa a recoger toda la información correspondiente a la actividad en cuestión en una única fila.
  • Revisión de los criterios genéricos relativos al principio DNSH en relación con el uso y presencia de productos químicos en la taxonomía climática y la taxonomía ambiental
    La propuesta busca facilitar el análisis del cumplimiento de los criterios genéricos relativos al principio DNSH a la prevención y el control de la contaminación en relación con el uso y la presencia de productos químicos, enfocándose solo en sustancias que ya están incluidas en la lista de sustancias candidatas extremadamente preocupantes publicada por la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos.
    Para ello, se propone eliminar o, en su caso, reformular el párrafo segundo de la letra (f) del apéndice C de los anexos I y II del acto delegado sobre la taxonomía climática y de los anexos I, II y IV del acto delegado sobre la taxonomía ambiental, que contiene los criterios genéricos relativos al principio DNSH a la prevención y el control de la contaminación en relación con el uso y la presencia de productos químicos.

Próximos pasos

La Propuesta Ómnibus I de modificación de los actos delegados de la taxonomía se encuentra en la actualidad sujeta a consulta previa con anterioridad a que la Comisión Europea tramite esta iniciativa legislativa.

Asimismo, se debe tener en cuenta que el ejercicio de simplificación de las obligaciones impuestas a las empresas por la normativa relativa a la taxonomía europea no se agota con esta iniciativa y se continúa trabajando en otros aspectos, como la mejora de la usabilidad del criterio DNSH, en línea de la recomendación realizada por la Plataforma de Finanzas Sostenibles del pasado 5 de febrero de 2025. Para más detalle sobre este informe de la Plataforma de Finanzas Sostenibles véase Post | Avances en la simplificación del reporte de sostenibilidad.

 

5 de marzo de 2025