Reglamento Delegado (2021/2178/UE): cómo deben informar las empresas sobre sus actividades económicas medioambientalmente sostenibles
> El desarrollo de las finanzas sostenibles (aquellas que tienen en cuenta los criterios ESG en la toma de decisiones de inversión) se basa en el establecimiento de:
1. Una clasificación común para determinar qué debe considerarse una actividad sostenible (Taxonomía).
2. Obligaciones de transparencia a empresas financieras y no financieras para permitir que los inversores puedan tomar decisiones de inversión sostenible que estén debidamente fundamentadas (Divulgación).
3. Ratings, estándares comunes y etiquetas que contribuyan a incrementar la transparencia, mitigar el riesgo de blanqueo ecológico y facilitar que los participantes del mercado puedan alinear sus estrategias con los objetivos sostenibles de la UE (Herramientas de inversión).
> En el ámbito de la taxonomía, en junio de 2020, se aprobó el Reglamento de Taxonomía (2020/852/UE), que contiene la “lista verde” para determinar si una actividad se considera medioambientalmente sostenible y hace referencia a la divulgación de información medioambiental.
> Desde el 1 de enero de 2022, las disposiciones del Reglamento de Taxonomía que permiten determinar si una actividad contribuye a la mitigación y adaptación al cambio climático son directamente aplicables en todos los Estados miembros de la UE. Para desarrollar esta normativa se han aprobado las siguientes normas delegadas que son aplicables desde la misma fecha:
- Reglamento Delegado de la Taxonomía Climática (2021/2139/UE), que permite determinar cuándo una actividad contribuye a la mitigación o adaptación al cambio climático.
- Reglamento delegado que contiene las normas técnicas de desarrollo del art. 8 del Reglamento de Taxonomía (2021/2178/UE), -sobre el que informamos en el Legal Flash adjunto- que especifica cómo deben informar las empresas sobre sus actividades económicas medioambientalmente sostenibles.
> En el primer semestre de 2022, se espera la aprobación de otros dos actos delegados del Reglamento de Taxonomía de los que informaremos oportunamente:
- Acto delegado para actividades no contempladas en el de taxonomía climática como la agricultura, ciertos sectores energéticos y determinadas actividades manufactureras.
- Acto delegado para abarcar actividades que contribuyan sustancialmente a los otros cuatro objetivos medioambientales establecidos en el Reglamento de Taxonomía. Es decir, agua, biodiversidad, prevención de la contaminación y economía circular.