Publicación en el BOE el Real Decreto-ley 24/2021 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias
No te pierdas nuestros contenidos
SuscribirmeComo ya adelantamos en nuestro blog, el 3 de noviembre de 2021 se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 24/2021, de 2 de noviembre que modificó, entre otros textos normativos, el Real Decreto legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (“TRLGDCU”). La reforma tenía por objeto la transposición de la Directiva 2019/2161 para la mejora de la aplicación y la modernización de las normas de protección de los consumidores.
Son muchos los cambios normativos que el artículo 82.2 del Real Decreto-ley 24/2021 incorporó en el TRLGDCU. A continuacion indicamos algunos de los más relevantes:
- Se incluyen nuevos y específicos requisitos de información para los contratos celebrados fuera del establecimiento mercantil y se corrigen algunos aspectos del régimen específico de la contratación a distancia y fuera del establecimiento mercantil.
- Se añaden también determinadas obligaciones en materia de información y transparencia de los empresarios frente a los consumidores, entre ellas: (i) ofrecer a los consumidores la posibilidad de buscar bienes y servicios sobre la base de una consulta en forma de palabra clave, expresión u otro tipo de dato introducido y (ii) facilitar el acceso a las reseñas de los consumidores y usuarios sobre bienes y servicios, garantizando que estas reseñas han sido efectuadas por consumidores y usuarios que han utilizado o adquirido realmente el bien o servicio.
- Se establece un nuevo sistema sancionador, en el que se incorporan nuevas infracciones en materia de derecho de consumo. Asimismo, se adapta el régimen sancionador en materia de defensa de los consumidores a las exigencias de la unidad del mercado tanto nacional como europeo, garantizando que las sanciones aplicables sean efectivas, proporcionales y disuasorias e incluir nuevas infracciones.
- Se incorporan medidas correctoras a disposición de los consumidores que hayan sido objeto de prácticas comerciales desleales, como la resolución del contrato y la obtención de una indemnización, cuya cuantía variará según el tipo de infracción.
- Se modifica la regulación sobre el cómputo de los plazos del derecho de desistimiento que asiste a los consumidores en determinadas modalidades de contratación con empresarios. En concreto, el plazo de 14 días del derecho de desistimiento se amplía a 30 días naturales en el caso de los contratos celebrados en el contexto de visitas no solicitadas en el domicilio del consumidor; o de excursiones organizadas con el objetivo o efecto de promocionar o vender bienes o servicios, ambos realizados por el empresario.
- Se incluyen nuevas obligaciones para el empresario en relación con los requisitos de transparencia en los motores de búsqueda y en relación con los contratos de suministro de contenidos y servicios digitales.
Esta modificación en materia de consumidores y usuarios entró en vigor el 28 de mayo de 2022, a excepción del apartado decimosexto del artículo 82 relativo a los datos personales del consumidor o usuario, cuya entrada en vigor está prevista para el 1 de enero de 2022.
Habida cuenta de la relevancia y el impacto de dichas modificaciones derivadas del Real Decreto-ley 24/2021, en las próximas entradas del blog profundizaremos en el análisis de otras materias también objeto de reforma, como la competencia desleal o los datos abiertos.
No te pierdas nuestros contenidos
Suscribirme