El Tribunal Supremo regula el uso de alojamientos turísticos aprobando la modificación del Plan Urbanístico de Bilbao.

2020-12-09T17:14:00
España

El TS confirma la modificación del Plan de Ordenación Urbana del Ayuntamiento de Bilbao. Regulación del uso de alojamiento turístico.

9 de diciembre de 2020

Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Contencioso) de 19-11-2020. Rec. nº 5958/2019. Confirma el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Bilbao, de enero de 2018, por el que se aprobó la Modificación pormenorizada del Plan General de Ordenación Urbana de dicha ciudad en lo relativo a la regulación del uso de alojamiento turístico. Considera que la calificación de la vivienda de uso turístico (VUT) como equipamiento, y no residencial, la exigencia de un informe urbanístico para operar, así como la limitación a un máximo de tres habitaciones en las viviendas particulares para alquiler turístico no vulneran ni la Constitución, ni la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado ni la Ley sobre el Libre Acceso a las Actividades de Servicios y su Ejercicio. Señala que el uso residencial coincide con el de un lugar destinado a la satisfacción del derecho a la vivienda -en un entorno urbano, digno de especial protección-, mientras que un uso equipamental, como el decidido por el Ayuntamiento de Bilbao para las VUT, constituye un entorno, también urbano, pero en el que lo esencial es la prestación en el mismo de otros tipos de servicios para la población, y en el que la residencia se corresponde con necesidades alojativas circunstanciales.

9 de diciembre de 2020