Lecciones aprendidas del reconocimiento y la ejecución forzosa de la Unión Europea (...)

2024-02-01T16:15:00
Unión Europea
(...) de laudos arbitrales dictados bajo el Convenio del CIADI: de la ausencia de execuátur a la ejecución del título
Lecciones aprendidas del reconocimiento y la ejecución forzosa de la Unión Europea (...)
1 de febrero de 2024
Una de las grandes novedades que el art. 54.1 del Convenio de Washington constitutivo del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones ("CIADI" o "Centro") ha aportado a la práctica del Derecho internacional público y privado ha sido la eliminación del trámite previo de declaración de ejecutividad o execuátur de un laudo arbitral dictado bajo el Convenio para la ejecución forzosa de las obligaciones pecuniarias incluidas en él. Esto ha sido considerado una de las ventajas legales más destacadas de este procedimiento arbitral, que en su caso compensa otras desventajas de índole práctica.

Aunque en un principio se pensó que sería una disposición que apenas se aplicaría, en tanto que las partes de un procedimiento arbitral de este tipo deberían comportarse como caballeros o damas que no deberían desconocer el resultado del caso, lo cierto es que existe una creciente cantidad de decisiones judiciales sobre ejecución de laudos arbitrales dictados bajo el Convenio en todo el mundo dado que, por unas u otras razones, alguna de esas partes optó por ignorar lo juzgado por un tribunal del Centro; esto es predicable fundamentalmente de los Estados demandados. Por la propia configuración de la protección de las inversiones exteriores con base en el principio de reciprocidad, si al comienzo las partes ejecutadas eran sistemáticamente Estados subdesarrollados o en vías de desarrollo, hoy vemos que las ejecuciones de laudos dictados bajo el Convenio se están despachando sobre todo contra Estados desarrollados que invocan diferentes argumentos para evitar esa ejecución y, en último término, cumplir el laudo, aun cuando el art. 54.1 del Convenio no deja margen para la no ejecución del título en los Estados Contratantes del Convenio.

Ver el capítulo completo en: Miguel Ángel Fernández-Ballesteros. Liber Amicorum. David Arias (Coord.). CEIA y La Ley, Tomo II. Febrero, 2024

1 de febrero de 2024