ARB-MED: La solución de conflictos a través de métodos híbridos

2022-12-16T11:26:00
España Internacional
La resolución de conflictos mediante los métodos híbridos crece continuamente tanto en el ámbito internacional como nacional

ARB-MED: La solución de conflictos a través de métodos híbridos
16 de diciembre de 2022

Ante la existencia de un conflicto jurídico que necesariamente ha de ser resuelto, el arbitraje, como el método tradicional de resolución de conflictos de carácter heterocompositivo, se revela, especialmente en tiempos de pandemia, como una de las vías más eficientes y atractivas de resolución de controversias alternativa al proceso judicial. Almagro Nosete definió el arbitraje como una institución de Derecho procesal que ni se confunde ni puede confundirse con el proceso jurisdiccional estatal. A su juicio, el arbitraje requiere de una tutela jurisdiccional propia y diferenciada, donde el proceso arbitral y el jurisdiccional, ambos declarativos, coinciden y se unifican, solamente y en su caso, en el procedimiento de ejecución.

En este sentido, la Exposición de Motivos de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de arbitraje (la "Ley de Arbitraje"), realiza continuas referencias a los términos "conflicto" o "controversia" que, el arbitraje, como institución, puede resolver de forma ágil, rápida y eficaz. De este modo, se plantea como un método, no solo alternativo, sino excluyente al judicial que alivia numerosos inconvenientes del proceso jurisdiccional. En similares términos, Díez-Picazo parafraseaba los artículos 2.1 y 9.1 de la Ley de Arbitraje y definía el arbitraje como el "modo de encomendar a un tercero la solución de todas o algunas de las controversias sobre materias de libre disposición que hayan surgido o puedan surgir respecto de una determinada relación jurídica, contractual o no contractual".

Ver el capítulo completo en: Externalización de la justicia civil, penal, contencioso-administrativa y laboral. Tirant Lo Blanch, 2022. 

16 de diciembre de 2022