Nuevas normas para el sector asegurador

2025-01-09T17:54:00
España Unión Europea
Nuevo marco para la recuperación y resolución de empresas de seguros y actualización de Solvencia II 
Nuevas normas para el sector asegurador
9 de enero de 2025

La Directiva (UE) 2025/1 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2024, por la que se establece un marco para la recuperación y la resolución de las empresas de seguros y reaseguros ("DRRES") tiene por objeto mejorar la preparación de las aseguradoras y las autoridades de la UE ante situaciones de dificultad financiera significativa, permitiendo una intervención temprana y rápida, en situaciones de desequilibrio.

La Directiva requiere que las (re)aseguradoras formulen planes de recuperación preventivos para facilitar una acción correctiva rápida y asegurar que estén preparadas en caso de que surjan problemas. También otorga a las autoridades nacionales poderes para garantizar una resolución ordenada de las (re)aseguradoras en dificultades, asegurando en la medida de lo posible la continuidad de la cobertura de seguros.

Asimismo, a través del establecimiento de colegios de resolución, los supervisores y las autoridades de resolución relevantes podrán adoptar acciones coordinadas y oportunas para abordar problemas que surjan dentro de grupos de (re)aseguradoras transfronterizos, asegurando el mejor resultado posible para los asegurados y la economía en general.

Para ello, la DRRES modifica a su vez las Directivas 2002/47/CE, 2004/25/CE, 2007/36/CE, 2014/59/UE y (UE) 2017/1132, y los Reglamentos (UE) nº 1094/2010, (UE) nº 648/2012, (UE) nº 806/2014 y (UE) 2017/1129.

La DRRES entrará en vigor 20 días después de su publicación y los Estados miembros deberán adoptar y publicar, como máximo el 29 de enero de 2027, las disposiciones que resulten necesarias para cumplir con los artículos 1 a 91, 96 y 97 de dicha Directiva, y deberán comenzar a aplicar estas medidas a partir del 30 de enero del mismo año. En cuanto a los artículos 92 a 95, serán aplicables a partir del 30 de enero de 2027.

Por otro lado, mediante la Directiva (UE) 2025/2 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2024, por la que se modifica la Directiva 2009/138/CE en lo que respecta a la proporcionalidad, la calidad de la supervisión, la presentación de información, las medidas de garantía a largo plazo, los instrumentos macroprudenciales, los riesgos de sostenibilidad y la supervisión de grupo y transfronteriza, y se modifican las Directivas 2002/87/CE y 2013/34/UE se introducen cambios relevantes en Solvencia II.

A través de las nuevas normas se potenciará el papel del sector (re)asegurador a la hora de canalizar inversión privada a largo plazo a las empresas europeas, particularmente hacia inversiones sostenibles.

Entre los objetivos de la norma también se incluye adaptar el régimen de garantías a largo plazo para hacerlo más sensible a riesgos e incorporar una dimensión macroprudencial en las labores de supervisión lo que contribuirá a que el sector sea más resiliente y esté mejor preparado para los retos futuros, con el fin último de proteger mejor a los tomadores de seguros.

Asimismo, se ofrece opciones regulatorias más simplificadas y proporcionales buscando mayor flexibilidad y una reducción de la carga administrativa, especialmente en las entidades pequeñas y no complejas.

Finalmente, el nuevo marco regulatorio también fortalecerá la coordinación entre las autoridades nacionales de supervisión en relación con las actividades transfronterizas de las entidades en el sector.

La nueva Directiva 2025/2 entrará en vigor a los 20 días de su publicación. Asimismo, y como en el caso de la DRRES, los Estados miembros adoptarán y publicarán, no más tarde del 29 de enero de 2027 las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento y las cuales se aplicarán a partir del 30 de enero de 2027.

9 de enero de 2025