Contratos de servicios financieros y de seguros a distancia

2023-06-16T08:53:00
España
El Consejo y Parlamento Europeo alcanzan un acuerdo político provisional sobre contratos a distancia
Contratos de servicios financieros y de seguros a distancia
16 de junio de 2023

El pasado 6 de junio de 2023 el Consejo y el Parlamento Europeo alcanzaron un acuerdo político provisional en relación con la Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 2011/83/UE en lo relativo a los contratos de servicios financieros celebrados a distancia y se deroga la Directiva 2002/65/CE (la “Propuesta de Directiva”).

Contexto del acuerdo

Debido al desarrollo continuado de las tecnologías en todos los ámbitos, acelerado significativamente por la pandemia originada por el Covid-19, son cada vez más los servicios que se contratan a distancia y se prestan de forma online.  

En el sector de los servicios financieras y de seguros, si bien las nuevas modalidades de contratación permiten y facilitan el acceso a productos financieros y de seguros a todos los consumidores, también pueden suponer una mayor vulnerabilidad, en la medida en que los productos o servicios que pretendan contratar no resulten claros, y su comprensión requiera ciertos conocimientos técnicos o financieros, lo que puede derivar en situaciones de falta de adecuación a sus necesidades. Además, en ocasiones, la resolución de estos productos puede ser compleja o comprender gastos adicionales.

En este contexto, la Propuesta de Directiva pretende:

  • simplificar la legislación vigente;
  • aumentar la protección de los consumidores; y
  • crear condiciones de competencia equitativas para los servicios financieros contratados a distancia (online, telefónicamente o por cualquier otro medio de comercialización).

Principales aspectos del acuerdo adoptado

El acuerdo político alcanzado por el Consejo y el Parlamento Europeo pretende:

I.      Esclarecer el ámbito de aplicación de la Propuesta de Directiva; en especial, en el ámbito de los servicios financieros y de seguros que otras normas sectoriales cubren parcialmente o directamente excluyen.

II.    Mejorar las normas sobre divulgación de información y, en particular, las obligaciones en materia de información previa a la contratación.

III.  Otorgar una protección adicional para los consumidores frente a las interfaces consideradas engañosas.

IV.   Regular el derecho a solicitar la intervención de una persona física en el proceso que permita al consumidor comprender en mayor medida el producto que se está contratando y los efectos de este, en los supuestos en los que se emplee asesoramiento robotizado (e.g. conversaciones/chats con robots, etc.).

V.     Facilitar el ejercicio del derecho de desistimiento de los contratos celebrados a distancia mediante la inserción en la interfaz del prestador de servicios de una “función de desistimiento” que sea en todo caso fácil de localizar durante el proceso.

VI.   Reforzar los derechos de los consumidores en los contratos de servicios financieros celebrados a distancia (e.g. suministro no solicitado, como el envío de bienes o servicios a potenciales clientes para realizar una venta).

Próximos pasos

El acuerdo provisional alcanzado entre el Consejo y el Parlamento Europeo deberá ser refrendado y adoptado formalmente por ambas instituciones. La Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor del Parlamento Europeo celebrará la votación el próximo miércoles 28 de junio de 2023. Respecto a la votación del Consejo, se espera confirmación de su fecha en los próximos días.

16 de junio de 2023