En respuesta a la solicitud de empresas y Estados miembros, la UE decide extender la fecha de aplicación del Reglamento de deforestación
Aspectos Clave
- La Directiva sobre Diligencia debida Empresarial en materia de Sostenibilidad (CS3D) introduce obligaciones de cuidado debido de las empresas en materia de derechos humanos y medio ambiente.
- Si bien estas obligaciones afectan solo a sociedades con umbrales de empleados y de volumen de negocios elevados, el estándar de conducta empresarial también está presente en otras normas europeas.
- En este contexto se aprobó el Reglamento (UE) 2023/1115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de mayo de 2023 (el "Reglamento de deforestación" o el "Reglamento"), que extiende esta obligación sobre todo aquel que importe y comercialice en la Unión Europea (UE) o exporte a terceros países ciertos productos que causan o pueden causar la deforestación.
- Este instrumento prohíbe la comercialización en el mercado de la Unión de determinadas materias primas o productos como ganado bovino, cacao, café, palma aceitera, caucho, soja y madera, salvo que cumplan con determinados requisitos de debida diligencia.
- La aplicación del Reglamento, que se fijó para el 30 de diciembre de 2024, ha sido extendida hasta el 30 de diciembre de 2025 mediante el Reglamento (UE) 2024/3234 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de diciembre.