2024-01-30T16:00:00
Unión Europea
La Comisión Europea aprueba la creación de la Oficina Europea de Inteligencia Artificial
Nueva Oficina Europea de IA
30 de enero de 2024

La Comisión Europea ha adoptado la decisión por la que establece una nueva Oficina Europea de Inteligencia Artificial, que se integrará en la Dirección General de Redes de Comunicación, Contenido y Tecnologías.

En vistas a poder iniciar lo antes posible la preparación de la aplicación del futuro Reglamento de Inteligencia Artificial, la Comisión ha considerado que esta decisión debe entrar en vigor con carácter urgente, y antes de la aprobación del Reglamento de IA.  Por ello, tras alcanzarse el Acuerdo Provisional entre el Parlamento Europeo y el Consejo sobre el Reglamento de Inteligencia Artificial el pasado 8 de diciembre de 2023 (como publicamos en nuestro Blog), la Comisión ha adoptado ahora esta decisión, cuya fecha de entrada en vigor está prevista para el próximo 21 de febrero de 2024.

Según se establece, la Oficina tendrá como misión y tareas contribuir a la aplicación y ejecución del futuro Reglamento de IA, así como fomentar el desarrollo, el uso y la comprensión de las tecnologías de inteligencia artificial en el mercado interior y en el ámbito internacional, respetando los intereses públicos y los derechos fundamentales.

Entre estas funciones se incluyen:

  • desarrollar herramientas, metodologías y criterios para evaluar las capacidades de los modelos y sistemas de IA;
  • supervisar el cumplimiento y la aplicación de la regulación aplicable en materia de IA, así como investigar posibles infracciones y controlar el surgimiento de riesgos imprevistos;
  • contribuir en la implementación de las normas sobre prácticas prohibidas y sistemas de IA de alto riesgo;
  • coordinar la supervisión y la aplicación de otras regulaciones europeas relevantes a efectos de la IA;
  • contribuir a la prestación de apoyo técnico, asesoramiento y herramientas para la creación y el funcionamiento de entornos de “sandbox” de IA;
  • asistir a la Comisión en la preparación e implementación de decisiones, actos delegados, informes, guías de orientación, protocolos estandarizados, y códigos de buenas prácticas; y
  • realizar evaluaciones, revisiones e informes sobre el futuro Reglamento de IA

Asimismo, la Oficina deberá coordinar el establecimiento de un sistema de gobernanza eficaz en el marco de la UE, incluyendo la preparación de órganos consultivos a nivel de la Unión y el seguimiento de las autoridades nacionales competentes; aunque, tal y como ha indicado la Comisión, la creación de la Oficina no afectará a las competencias de las autoridades nacionales competentes o de otros órganos, oficinas o agencias de la Unión en la supervisión de los sistemas de inteligencia artificial, tal y como se prevé en el futuro Reglamento de IA y en otras regulaciones europeas sectoriales.

Albert Agustinoy, con la colaboración de Mireia Sala

30 de enero de 2024