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SuscribirmeEl pasado 5 de diciembre de 2024, durante la presentación del Análisis de la OCDE del mercado de capitales de España 2024, el Presidente de la CNMV anunció que estaban estudiando procesos para facilitar las salidas a bolsa.
Todo ello se produce en un contexto en el que Informe Letta y el Informe Draghi han señalado la importancia de fortalecer los mercados de capitales europeos y diversificar las fuentes de financiación de las empresas. Con este propósito, la Unión Europea (UE) ha aprobado recientemente el Listing Act, un paquete normativo destinado a impulsar el atractivo de los mercados de capitales de la UE, especialmente para las PYMES. Véase Post | Publicación del Listing Act.
A continuación, destacamos las claves del discurso impartido en inglés por el Presidente de la CNMV y reproducimos los párrafos relevantes:
Necesidad de ofrecer nuevas alternativas
El procedimiento actual de salida a bolsa, diseñado en los años 90, no se ajusta a la realidad del mercado y es necesario ofrecer nuevas alternativas que puedan coexistir con el proceso tradicional. Se trata de ofrecer nuevas opciones a los emisores, asesores e inversores para que puedan elegir la que mejor se adapte a sus intereses.
Admisión a negociación sin cumplir previamente el requisito de difusión
En los próximos meses, la CNMV y Bolsas y Mercados Españoles tienen intención de permitir la admisión a negociación de acciones de grandes compañías en las Bolsas de Valores, sin necesidad de una distribución previa de acciones al público. Todo ello, tras la aprobación de folleto y la verificación del expediente de admisión.
Segmento especial de contratación y sujeción al régimen de sociedades cotizadas
Las acciones comenzarían a cotizar en un segmento especial al que los inversores minoristas no podrían acceder, y la compañía quedaría sometida al régimen de obligaciones de las sociedades cotizadas.
Distribución posterior de las acciones
En las semanas o meses siguientes a la admisión a negociación en el segmento especial, la sociedad debería llevar a cabo las actuaciones necesarias para cumplir con el requisito de difusión del 10%. Para alcanzar este umbral, la sociedad podría realizar una oferta pública o un proceso de colocación privada a través de un accelerated bookbuilding (ABO) aprovechando las ventanas de oportunidad del mercado.
En su discurso, el Presidente de CNMV hizo referencia a un umbral de difusión del 10% y no al actual del 25%. En este sentido conviene recordar que la Directiva 2024/2811/UE, que forma parte del Listing Act, ha instruido a los Estados miembros para que, a más tardar el 5 de junio de 2026, reduzcan el capital flotante mínimo (free-float) exigido para la admisión a cotización del 25% al 10%, sin restricciones geográficas dentro de la UE ni del Espacio Económico Europeo. Véase Post | Publicación del Listing Act.
Contratación una vez alcanzado el porcentaje de free float requerido
Cuando el free float alcance el 10% del capital social, las acciones cotizarían con plena normalidad.
Encaje en la actual normativa de mercado de capitales
El Presidente de CNMV apuntó que este procedimiento alternativo de salida a bolsa podría llevarse a cabo sin necesidad de una reforma legislativa. A estos efectos, conviene recordar que el art. 66.7 RD 814/2023 ya contempla que el requisito previo de difusión “no será de aplicación cuando las acciones vayan a distribuirse al público a través de un mercado regulado y siempre que la CNMV considere que se realizará la distribución a corto plazo en dicho mercado”.
Además, el Expositivo 12 de la citada Directiva 2024/2811/UE respalda la existencia de alternativas en relación con el cumplimiento del requisito de free float al indicar que “los Estados miembros deben poder permitir formas alternativas de medir si se ha distribuido al público un número suficiente de acciones. En el momento de la admisión a negociación, debe evaluarse el cumplimiento del umbral del 10%, o de los requisitos alternativos previstos en el plano nacional para garantizar un nivel mínimo de capital flotante”.
Extracto del discurso del Presidente de CNMV:
“I would like to announce today that CNMV will be considering new ways of first admissions to trading of shares in Spanish regulated markets. We have had, basically, the same IPO process since the nineties. But this is not anymore the market of the nineties. IPOs need some reinvigorating shot and issuers face too many risks and uncertainties when launching an IPO process. We will therefore explore alternatives that can be available along the traditional IPO process. In the coming months, together with BME, we will allow the approval of prospectuses and admission to listing by large companies in the Spanish regulated stock exchange without the need for a prior distribution of shares in the public.
That way, the issuer will be able to have the prospectus verified by CNMV, with the same stringency and oversight as a normal IPO, have the shares admitted in the regulated market, start compliance with all rules and regulations of listed companies and then address the distribution in the following weeks or months, adapting to market circumstances and demand. That could be done with a public offer or with an accelerated book building and this could be very agile to adapt to favorable windows. Of course, while the company does not have enough free float, it would be listed in a specific segment, not open to retail investors and would pass to the normal trading segment as soon as it reaches 10% of free float.
Nothing of this is enshrined or prohibited by law. Actually, it is a method as compliant with the current rules as the traditional one, and the proof is that the CNMV does not have to change a single rule to allow it. With this alternative method, we want to incorporate innovation to the process, and allow issuers, their advisors (and of course the investors) to determine which way works better for their interests”.
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