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SuscribirmeTendencias en materia procesal
Actualmente los proyectos de ley de eficiencia procesal, organizativa y digital se encuentran en tramitación parlamentaria. El proyecto de ley de eficiencia organizativa del servicio público de justicia pretende poner al día el ámbito de actuación de la justicia y alcanzar una gestión y organización más eficientes con la creación de tres figuras clave: (i) los Tribunales de Instancia, (ii) la Oficina Judicial y (iii) las Oficinas de Justicia en el municipio. Por su parte, el proyecto de ley de eficiencia procesal, además de mejoras técnico-procesales de la Ley de Enjuiciamiento Civil, como la reforma del recurso de casación, contempla medidas para potenciar los medios adecuados de solución de controversias (“MASC”), muy señaladamente la consideración de su ejercicio como requisito de procedibilidad. Por último, el proyecto de ley de eficiencia digital promueve la digitalización de la justicia, regulando los servicios tecnológicos accesibles a la ciudadanía, con medidas como la celebración de vistas y actos procesales telemáticos. Si bien se preveía que estos proyectos estuvieran aprobados en 2022, se encuentran todavía en tramitación parlamentaria y se espera que se aprueben definitivamente durante este año.
Tendencias en materia de daños por competencia (private enforcement)
En los últimos años, asociaciones de consumidores y despachos especializados, cada vez con mayor frecuencia financiados por fondos de inversión, han puesto el foco en este tipo de litigación. Tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 22 de junio del 2022 (asunto C-267/20), que aborda cuestiones relevantes en la materia, es de esperar que se siga observando amplia litigiosidad, tanto a través de demandas individuales, planteadas por consumidores y profesionales, como colectivas. Adicionalmente, marcará tendencia la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 16 de febrero de 2023 (asunto C-312/21), que contiene importantes pronunciamientos sobre la estimación judicial del daño y sobre las costas.
En el 2023 se espera que prolifere la litigación de esta naturaleza en distintos sectores económicos. También se prevé que la litigación a gran escala dé lugar a desarrollos relevantes en el caso de los camiones, dado que el Tribunal Supremo dictará las primeras sentencias sobre él, y el incremento de la litigiosidad relativa al caso de los coches, todavía en fase inicial.
Tendencias en materia de acciones colectivas
En enero del 2023 se publicó el anteproyecto de ley para trasponer la Directiva 2020/1828/UE de acciones de representación para la protección de los intereses colectivos de los consumidores y usuarios, que fue sometido a un breve trámite de audiencia e información pública.
El anteproyecto, cuyo objetivo es facilitar el ejercicio de estas acciones, incluye un nuevo título en la Ley de Enjuiciamiento Civil que recoge su regulación específica mediante un nuevo procedimiento ad hoc, poniendo fin así a su actual dispersión normativa. Dentro de las acciones de representación se prevén las de cesación y las de resarcimiento, y podrán ser ejercitadas tanto por entidades habilitadas en España como por entidades habilitadas en otros países de la Unión Europea. Entre otros muchos aspectos, como la regulación de un proceso de certificación de la “clase” para el ejercicio de acciones de resarcimiento o los acuerdos transaccionales, la norma contempla expresamente la intervención de entidades financiadoras en estos procedimientos.
Cabe esperar que esta regulación derive en un incremento considerable de este tipo de acciones y que afecte a toda clase de sectores económicos, como el de las telecomunicaciones y de los servicios digitales, el de los servicios financieros, el del comercio electrónico y el del transporte. Dado que el plazo de transposición terminó el 25 de diciembre del 2022, el anteproyecto se está tramitando por el procedimiento de urgencia.
Tendencias en materia de arbitraje internacional
En un año de incertidumbre en la economía global, se prevé el surgimiento de conflictos en distintos sectores. Uno de los principales será el sector energético, donde se prevé que, tanto a nivel privado como público, la mayoría de los arbitrajes relativos a construcción e infraestructuras estén ligados a la generación y distribución de la energía. La guerra en Ucrania, a su vez, derivará probablemente en nuevos arbitrajes relativos a conflictos sobre contratos de comercialización de gas. Adicionalmente, prevemos que surjan conflictos en la industria minera relacionados con operaciones mercantiles y grandes proyectos iniciados antes de la pandemia que sufren retrasos causados por disrupciones en la cadena de suministros.
Los conflictos relacionados con las medidas para mitigar el cambio climático no son nuevos y seguirán surgiendo en relación con proyectos existentes y futuros. Es probable que las entidades públicas y los Estados firmantes del Acuerdo de París establezcan nuevas obligaciones para los particulares y que, con ello, surjan nuevos escenarios de conflicto.
En relación con operaciones de fusiones y adquisiciones, han surgido conflictos relacionados con contratos de inversión y cartas de intenciones. En 2023, también es probable que las entidades financieras recurran al ejercicio de step-in rights bajo contratos de financiación, y que los sponsors, contratistas y socios inversores, a su vez, interpongan nuevas reclamaciones contra los contratistas y operadores para proteger sus posiciones dentro del propio proyecto.
Tendencias en materia concursal
La aprobación de la reforma concursal de 2022 (Ley 16/2022) ha supuesto una profunda revisión de nuestro sistema de insolvencia, muy especialmente de los instrumentos preconcursales (para más detalle, ver nuestra publicación: Claves de la reforma concursal). Tras su entrada en vigor en septiembre de 2022 (en enero de 2023, respecto del procedimiento especial para microempresas), las reestructuraciones de deuda y las ventas de unidades productivas podrán aprovecharse de un régimen más flexible, lo que impulsará, sin duda, la formalización de estas operaciones a lo largo del año.
Dos aspectos de las reestructuraciones que serán clave serán la conformación de las clases y el papel de los expertos en la reestructuración, sobre los que es esperable que se pronuncien nuestros tribunales. En este sentido, ya se han dictado resoluciones relevantes, como la Sentencia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Barcelona de 2 de diciembre de 2022 (ECLI:ES:JMB:2022:13363), sobre el papel del órgano judicial en relación con la conformación de las clases y el Auto de 7 de noviembre de 2022 de ese mismo Juzgado, sobre la legitimación para su impugnación, y es previsible que en 2023 se dicten más.
Este año se tramitará la nueva Propuesta de Directiva de armonización de ciertos aspectos de derecho de insolvencia que pretende reducir las diferencias en el régimen sustantivo de insolvencia de los distintos Estados miembros con objeto de crear estándares comunes y facilitar la inversión transfronteriza. Su aprobación en los términos actuales obligaría a adaptar de nuevo nuestra legislación de insolvencia especialmente si se mantienen las previsiones sobre comités de acreedores, figura ajena a nuestro sistema, o sobre las acciones de reintegración, al responder a un esquema conceptual diferente especialmente en cuanto a sus efectos.
También en 2023 debe incorporarse a nuestro ordenamiento jurídico la Directiva 2021/2167/UE, que pretende establecer un marco común y requisitos relativos a los administradores de crédito (servicers) y compradores de crédito (inversores), con el objetivo fundamental de reducir el nivel actual de préstamos fallidos y prevenir su acumulación excesiva en un futuro en las carteras de los bancos. La norma establece un régimen de autorización y de registro de los servicers y comporta además que los servicers autorizados en un Estado miembro podrán llevar a cabo sus actividades en otros Estados Miembros bajo el marco regulatorio conferido por la autorización de su regulador nacional.
Tendencias en compliance penal
El 13 de marzo entrará en vigor la Ley 2/2023, que regula la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, transponiendo la Directiva (UE) 2019/1937, más conocida como Directiva Whistleblowing. Esta ley fortalecerá una herramienta clave de los sistemas de compliance como son los canales de denuncias, y previsiblemente se producirán más investigaciones internas. Para más información ver nuestra publicación Las empresas deberán tener un sistema de denuncias internas.
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