Nuevo SMI 2025: Impacto para Empresas

2025-02-12T16:52:00
España
Cómo adaptarse al Salario Mínimo Interprofesional de 2025
Nuevo SMI 2025: Impacto para Empresas
12 de febrero de 2025

El Real Decreto 87/2025 establece el nuevo Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para el año 2025.

A continuación, analizamos las principales novedades y sus consecuencias.

  • Incremento del SMI: El nuevo SMI se ha fijado en 1.184€ mensuales en 14 pagas (16.576€/año), lo que representa un aumento del 4,4% respecto al año anterior.
  • Este nuevo SMI es aplicable desde el 1 de enero de 2025.
  • Impacto en Contratos y Convenios: Las empresas deberán revisar los contratos y convenios colectivos para asegurar el cumplimiento con el nuevo SMI.

Consecuencias Laborales

  • Abono de diferencias salariales: A partir de la entrada en vigor del Real Decreto, (13 de febrero de 2025), las empresas deberán abonar el nuevo SMI, pero como tiene efectos desde el 1 de enero de 2025, se deberá abonar la diferencia entre este nuevo SMI de 2025 y el abonado en el mes de enero de 2024, si es que este fuera inferior.
    A estos efectos:
    • A la hora de valorar si la remuneración de las personas trabajadoras cumple o no con los nuevos valores del SMI no ha de incluirse la remuneración en especie que aquellas puedan estar recibiendo, tal y como dispone el art. 26.1 del Estatuto de los Trabajadores (ET).
    • La cifra establecida para el SMI es para un trabajo a jornada completa, por lo que el SMI de los contratos a tiempo parcial deberá adecuarse proporcionalmente a la jornada pactada.
    • El nuevo SMI no sólo se aplica a los contratos de trabajo ordinarios, sino también a contratos formativos (art. 11 ET, apartados 2.m, y 3.l) y a relaciones laborales especiales, en atención a lo dispuesto en el Real Decreto-ley 3/2004, tal y como ha reconocido expresamente el Tribunal Supremo en sentencia de 10 de octubre de 2023 (rec. 4537/2022), ECLI:ES:TS:2023:4130.
    • El aumento del SMI incrementa también el salario inembargable, en aplicación del art. 27 ET, así como la garantía salarial y la protección por FOGASA, de conformidad con los arts. 32 y 33 ET, al ir todos ellos referenciados al SMI vigente en cada momento.
  • A continuación, se expone cómo afecta esta subida a distintos supuestos:
    • Trabajadores con salarios ajustados a convenio, superiores al SMI vigente: Nos referimos a aquellos trabajadores que tienen salarios determinados por el convenio colectivo que son superiores al SMI de 1.184€.
      Por ejemplo, un trabajador tiene un salario base de 1.250€ más complementos, que suman un total de 1.300€ mensuales. En este caso, el aumento del SMI a 1.184€ mensuales no obliga a la empresa a aumentar el salario de este trabajador porque su salario ya es superior a esta cifra.
      La regla de compensación y absorción permite que el incremento del SMI quede absorbido por la retribución ya superior que cobra el trabajador.
    • Trabajadores con salarios ajustados a convenio que corresponden al SMI vigente: Se trata aquí de aquellos trabajadores que tienen salarios fijados por el convenio colectivo que coinciden con el SMI de 2024 (1.134€ mensuales). El aumento del SMI a 1.184€ mensuales obliga a la empresa a aumentar el salario de estos trabajadores hasta la nueva cuantía.
      La empresa tendrá que pagar los atrasos correspondientes desde el 1 de enero de 2025, que sería la diferencia entre el que cobraban antes y el que tendrían que haber cobrado a partir de la nueva regulación del SMI.
    • Trabajadores con salarios pactados por encima del convenio y del SMI vigente: Por último, está el supuesto de los trabajadores que tienen salarios pactados individualmente que son superiores a los fijados en el convenio y al SMI de 1.184€ mensuales. Por ejemplo, un trabajador tiene un salario de 1.500€ mensuales. En este caso, el aumento del SMI a 1.184€ mensuales no obliga a la empresa a aumentar el salario de este trabajador, dado que su salario ya es superior al nuevo SMI.
      Igual que en el primer caso, la regla de compensación y absorción permite que el incremento del SMI quede absorbido por la retribución ya superior que cobra el trabajador. Aun así, la subida del SMI podría ser un factor a tener en cuenta por la empresa en la negociación colectiva o individual de incrementos salariales, a medida que los trabajadores negocian por encima del mínimo.

Consecuencias fiscales y de Seguridad Social

A diferencia del incremento del SMI para 2024, la nueva subida del SMI para el año 2025 no viene acompañada de una modificación del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que evite que los contribuyentes que perciban rendimientos del trabajo de cuantía igual o inferior al nuevo SMI soporten retención o ingreso a cuenta. Esta situación no afectará a todos los contribuyentes, sino que deberá analizarse cada caso en concreto. En todo caso se verán afectados los contribuyentes que se encuentren en la situación 3 de las previstas en el artículo 81 del Reglamento del IRPF (entre los que se incluyen los contribuyentes solteros, viudos, divorciados o separados legalmente, sin hijos).

Al no haberse adaptado la regulación del límite cuantitativo excluyente de la obligación de retener, los mayores rendimientos del trabajo que perciban dichos contribuyentes como consecuencia de la subida del SMI para 2025 quedarán sujetos a la obligación de retención o ingreso a cuenta, circunstancia que deberá tenerse en cuenta por las empresas para cumplir adecuadamente con sus obligaciones de practica de retenciones e ingresos a cuenta.

El aumento del SMI también tiene repercusiones en materia de cotizaciones a la Seguridad Social ya que puede afectar a las bases de cotización, con el consiguiente aumento de cuotas a cargo de las empresas y de los trabajadores.

Conclusión

Es importante que las empresas se preparen adecuadamente, revisen sus estructuras salariales y cuenten con el asesoramiento legal necesario para cumplir con la normativa.

12 de febrero de 2025