La Audiencia Nacional estima la demanda sindical y declara que la revisión salarial debe aplicarse a todos los trabajadores, sin distinguir por fecha
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SuscribirmeLa Audiencia Nacional, en su Sentencia nº. 69/2024, de 17 de junio de 2024 (ECLI:ES:AN:2024:2869) , ha fallado a favor de los sindicatos CCOO, UGT y CIG, en el conflicto colectivo planteado contra la patronal FEIQUE, relativo a la interpretación de la cláusula de garantía salarial del artículo 38 del Convenio Colectivo de la Industria Química.
Incremento salarial del 10,3%
La sentencia establece que el incremento salarial del 10,3%, resultante de la diferencia entre la suma del IPC general español de los años 2021 a 2023 y los incrementos pactados en el convenio para esos años, debe aplicarse a todos los trabajadores en activo a 31 de diciembre de 2023, sin prorrateo por fecha de contratación.
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