El desplazamiento desde casa del trabajador al primer cliente no es tiempo de trabajo

2024-12-30T15:43:00
España
El desplazamiento desde casa del trabajador al primer cliente no es tiempo de trabajo
30 de diciembre de 2024

El Tribunal Supremo (TS) ha dictado una sentencia crucial, la STS núm. 1305/2024, de 27 de noviembre (ECLI:ES:TS:2024:5973) que afecta a muchas empresas y sus empleados en España. Esta decisión aclara que, en general, el tiempo de desplazamiento desde el domicilio del trabajador hasta el primer cliente y desde el último cliente hasta el domicilio no se considera tiempo de trabajo efectivo, salvo en circunstancias excepcionales.

Los sindicatos UGT y CCOO interpusieron una demanda de conflicto colectivo frente a una empresa del sector de elevadores y mantenimiento reclamando que se reconociera como tiempo de trabajo el periodo de desplazamiento efectuado por los trabajadores. 

La Audiencia Nacional (AN) falló a favor de los sindicatos en su SAN núm. 5/2023 de 23 de enero, pero la empresa recurrió ante el TS. 

El TS, al revisar la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), y especialmente la sentencia del asunto Tyco (STJUE de 10 septiembre 2025, C-266/14), concluye que en el caso planteado no concurrían las circunstancias específicas para considerar el tiempo de desplazamiento como tiempo de trabajo efectivo. 

En el caso Tyco, los desplazamientos ya eran considerados tiempo de trabajo antes de la eliminación de las oficinas provisionales, lo cual no aplica en el caso objeto de esta Sentencia. 

Por tanto, en aplicación de su propia doctrina, SSTS rec. 284/2014, de 01 de diciembre, caso EULEN (ECLI:ES:TS:2015:5769); STS núm. 1008/2018, de 04 de diciembre, caso ASADE (ECLI:ES:TS:2018:4468)  y realizando una interpretación literal del artículo 34.5 del Estatuto de los Trabajadores, el TS concluye que, salvo que concurran circunstancias específicas, el tiempo de desplazamiento desde el domicilio del trabajador hasta el primer cliente y desde el último cliente hasta el domicilio no se considera tiempo de trabajo efectivo ni, por tanto, remunerado.

Esta Sentencia establece un importante precedente y proporciona claridad sobre el tiempo de desplazamiento laboral. Las empresas deberán estar atentas a las excepciones y considerar ajustes en sus políticas para evitar posibles conflictos legales.

30 de diciembre de 2024