La Ley 7/2024, de 20 de diciembre, por la que se establecen un Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud, un Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras y un Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco, y se modifican otras normas tributarias, ha creado un nuevo impuesto denominado Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras.
El nuevo impuesto, que recaerá sobre el margen de intereses y comisiones obtenido, respectivamente, en los períodos impositivos que se inicien en los años 2024, 2025 y 2026, es la continuación del anterior gravamen temporal que, con la naturaleza de prestación patrimonial pública de carácter no tributario, se venía exigiendo a las entidades de crédito y los establecimientos financieros de crédito que operen en España.
A través del nuevo impuesto, de carácter directo y progresivo, se gravará el margen de intereses y los ingresos y gastos por comisiones derivados de la actividad desarrollada en España por parte de los bancos, las cajas de ahorro, las cooperativas de crédito, los establecimientos financieros de crédito y las sucursales en España de entidades de crédito extranjeras.
En el presente Legal Flash exponemos las principales características y el funcionamiento de esta nueva figura impositiva que se integra en el sistema tributario español.