La “Norma Foral 1/2022, de 10 de marzo, por la que se aprueban determinadas modificaciones tributarias para el año 2022” y la “Norma Foral 2/2022, de 10 de marzo, del lmpuesto sobre Sucesiones y Donaciones”, incorporan medidas en las figuras impositivas con mayor relevancia del marco tributario guipuzcoano.
Esta norma contempla modificaciones importantes en la tributación de la empresa familiar, extendiendo la regla de la patrimonialidad sobrevenida no solo al acceso sino también al alcance de la exención en el Impuesto sobre Patrimonio. Este tratamiento se extiende también a determinados supuestos de transmisión de la empresa familiar en el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Asimismo, se flexibilizan los requisitos para considerar que los inmuebles alquilados o cedidos a entidades vinculadas o entidades del mismo grupo se consideren afectos a actividades económicas eliminado el requisito de contar con una plantilla media de 5 empleados para realizar dicha actividad. Esta medida ha sido introducida tanto a efectos del Impuesto sobre Sociedades como del Impuesto sobre el Patrimonio. También hay modificaciones relevantes en el ámbito de las entidades de capital-riesgo, y se introduce también un régimen transitorio para socios de SICAVs.
Finalmente, se han introducido una serie de medidas tendentes a la mejora de determinados incentivos fiscales en el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre Sociedades, siendo las más destacables las relativas al régimen de impatriados, las reservas para fomentar la capitalización empresarial y la especial para la nivelación de beneficios, la deducción por proyectos vinculados a la mejora del medio ambiente y la de creación de empleo.