Aspectos clave
- Están afectados grupos empresariales, tanto nacionales como multinacionales, cuya facturación sea de, al menos, 750 millones de euros.
- La norma recoge exclusiones, tanto por sectores como respecto a jurisdicciones donde la actividad del grupo sea escasa.
- Se garantiza que estos grupos queden sometidos a una tributación efectiva del 15% en el impuesto sobre sociedades en cada una de las jurisdicciones en las que operen.
- El cálculo del tipo efectivo implica tomar en cuenta los impuestos satisfechos y los beneficios obtenidos en cada jurisdicción. Para ello la base contable es muy relevante.
- Dos normas aseguran este gravamen: la regla principal de inclusión de rentas (IIR) y la regla secundaria de beneficios insuficientemente gravados (UTPR).
- La normativas nacionales deberán aprobarse en 2023 y estar en vigor para 2024, si bien la primera declaración deberá realizarse en el primer semestre de 2026.