El nuevo impuesto sobre activos improductivos tras su validación por el Tribunal Constitucional

El pasado 26 de marzo el Tribunal Constitucional declaró la constitucionalidad de la Ley 6/2017 por la que se creó el impuesto que grava los activos no productivos de las personas jurídicas.

Tras la citada sentencia la Generalitat de Cataluña aprobó el Decreto Ley 8/2019, de 14 de mayo, que introduce algunas modificaciones y que prevé que para los hechos imponibles de los años 2017,2018 y 2019 los contribuyentes deberán presentar autoliquidación y efectuar ingreso entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre.  

La conexión entre este impuesto y el Impuesto sobre el Patrimonio, cuya campaña para el año 2018 se aborda durante estos días,  obliga al análisis de los principales aspectos de esta nueva figura impositiva.  

Le invitamos a participar en un desayuno en el que abordaremos este novedoso impuesto, las principales problemáticas que plantea su aplicación y en general la tenencia de bienes no afectos a la actividad en entidades con personalidad jurídica.

Evento
12 de junio de 2019 9:15 – 11:00

Programa

Hora Título Ponente
09:15 – 09:30 Registro y café de bienvenida
09:30 – 09:40 Apertura de la sesión
09:40 – 10:00 El nuevo impuesto sobre bienes improductivos
10:00 – 10:40 Algunos casos prácticos
10:40 – 10:45 Clausura de la sesión
10:45 Desayuno de networking