La protección del derecho al honor de las personas jurídicas en redes sociales

2022-09-01T16:00:00
España
La vía civil y la responsabilidad de las plataformas digitales
La protección del derecho al honor de las personas jurídicas en redes sociales
Ver documento
1 de septiembre de 2022
Las redes sociales se han convertido en un foro público con gran presencia en nuestra sociedad, y con frecuencia en ellas se producen intromisiones ilegítimas en el honor de empresas y organizaciones.

El ordenamiento jurídico español reconoce el derecho al honor de las personas jurídicas, el cual se puede proteger en vía civil frente al ejercicio de los derechos de libertad de expresión y libertad de información tras una ponderación de los mismos. En este contexto, cobran especial interés la responsabilidad de las plataformas de redes sociales en esta materia, habida cuenta de la regulación existente y futura en materia de responsabilidad de intermediarios.

Sumario

I. Introducción. Los ataques en las redes sociales a las personas jurídicas

II. El derecho al honor de las personas jurídicas

Las limitaciones al honor de las personas jurídicas
La proyección pública de las personas jurídicas

III. Intromisiones en el derecho al honor: colisión con la libertad de expresión y la libertad de información

La libertad de expresión y de información
El conflicto entre la libertad de expresión y el derecho al honor. Especial mención a los insultos
El conflicto entre la libertad de información y el derecho al honor. La información no veraz

IV. La protección jurisdiccional del derecho al honor. La vía civil

La Vía Civil

V. La responsabilidad de las plataformas. La LSSI y la Ley de Servicios Digitales

La regulación y la jurisprudencia española. La LSSI
La jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y la Ley de Servicios Digitales en la Unión Europea

VI. Conclusiones


Ver artículo completo en: Revista Aranzadi Doctrinal, nº 8/2022 (septiembre). 

Ver documento
1 de septiembre de 2022