El sector funerario ha sido objeto de una especial atención por parte de las autoridades de competencia desde el inicio de la actual pandemia. A finales del mes de marzo de 2020, la CNMC puso a disposición de los consumidores un buzón destinado a recibir información, consultas o denuncias relacionadas con el COVID-19. Tan solo
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SuscribirmeEl sector funerario ha sido objeto de una especial atención por parte de las autoridades de competencia desde el inicio de la actual pandemia. A finales del mes de marzo de 2020, la CNMC puso a disposición de los consumidores un buzón destinado a recibir información, consultas o denuncias relacionadas con el COVID-19. Tan solo unas semanas después, y fruto de las denuncias recibidas, la CNMC anunciaba el inicio de investigaciones en varios mercados, entre ellos los mercados de servicios funerarios y seguros de decesos.
Si bien, por ahora, dichas investigaciones no han dado lugar a la incoación formal de ningún expediente sancionador, en los últimos meses se han publicado algunas sentencias y decisiones de interés para el sector. Asimismo, la CNMC ha realizado inspecciones en estos mercados para investigar posibles conductas contrarias a la Ley de Defensa de la Competencia. Recopilamos a continuación estas novedades.
Investigación de la CNMC en el mercado de seguros de decesos y de prestación de servicios funerarios por la posible ejecución de operaciones de concentración no autorizadas.
Los días 8 a 10 de septiembre la CNMC realizó inspecciones domiciliarias en las sedes de diversas empresas del sector funerario y asegurador, reanudando así su actividad inspectora, que había estado paralizada debido a la declaración del estado de alarma por el Covid-19.
Las inspecciones han tenido lugar en el marco de una investigación por la posible ejecución anticipada de una o varias operaciones de concentración que, aunque notificadas, no habrían sido aún autorizadas por la autoridad. La investigación se refiere, además, a la posible coordinación previa entre las empresas partícipes en una de las operaciones y el suministro de información engañosa, falsa o incompleta a la autoridad. Cabe destacar que se trata de la primera ocasión en que la CNMC inicia una inspección en el marco del análisis de una operación de concentración notificada.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León anula la sanción de 60.170 euros impuesta a Serfunle por abuso de posición de dominio.
En septiembre de 2017, el Tribunal para la Defensa de la Competencia de Castilla y León (TDC CyL) sancionó a la Mancomunidad de Servicios Funerarios de León y su Alfoz (Serfunle) con una multa de 60.170 euros por haber abusado de su posición de dominio mediante la imposición de precios discriminatorios a sus clientes. En concreto, el TDC CyL consideró acreditado que Serfunle había implementado una política de descuentos más beneficiosa para los principales operadores de seguros de León (“reducción por volumen de negocios”) que para los clientes particulares.
En su sentencia, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León concluye que la diferencia en los precios se debe a los distintos servicios facturados a cada tipología de cliente, y no a una discriminación en el precio por los mismos servicios. Según el Tribunal, la resolución del TDC CyL solo demostraba que a los clientes particulares se les había facturado por unos servicios concretos y que estos mismos servicios no se habían facturado a las compañías de seguros. Sin embargo, la resolución del TDCCL no había probado que los servicios no facturados a las compañías de seguros habían sido prestados efectivamente.
Esta investigación emana de un procedimiento anterior, iniciado en 2012, en el cual Serfunle se comprometió a aclarar su política de precios y de descuentos. La decisión que cerró dicha investigación concluyó que Serfunle podía aplicar descuentos en base al volumen de servicios contratados.
El Tribunal para la Defensa de la Competencia de Castilla y León (TDC CyL) archiva el expediente abierto a varias empresas del sector.
En febrero de 2015, el TDC CyL sancionó a las empresas VEDOSA, S.L. y FUSANTER, S.L. por una práctica contraria a la competencia. La conducta sancionada consistió en un acuerdo por el que VEDOSA, S.L. y FUSANTER, S.L., empresas competidoras y, a la vez, socias mayoritarias de la empresa PARQUE CEMENTERIO SALAMANCA, S.A., emitían a través de Parque Cementerio Salamanca, S.A, facturas negativas para beneficiarse de descuentos comerciales en los alquileres de la Sala Velatorio. De esta forma, y en detrimento de otros competidores, conseguían minorar el importe de las tarifas oficiales de precios y beneficiarse de una reducción en los costes de alquiler del servicio.
Posteriormente, en la resolución del expediente TDC/SAN/12/2019, en el que se investigaba la denuncia presentada contra las sociedades VEDOSA, S.L. y FUSANTER, S.L. por prácticas similares a las ya sancionadas, el TDC CyL declaró la caducidad del procedimiento sancionador y, al no haber prescrito las conductas, abrió un nuevo expediente ampliando el ámbito de investigación – TDC SAN/1/2020 –.
Tras analizar la documentación solicitada a las empresas investigadas (facturas negativas emitidas entre 2017 y 2019) el TDC CyL concluyó que las compensaciones desaparecieron a partir del año 2017 y que, durante los dos años siguientes, únicamente se había podido constatar la existencia de facturación negativa a particulares privados en casos que respondían efectivamente a ajustes en los servicios prestados, razón por la que el TDC CyL acuerda el archivo de la investigación.
Seguiremos informando de las novedades del sector.
Autores: Cristina Vila, Pablo García y Pere Vicens
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