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SuscribirmePor: Soraya Sáenz de Santamaría
Pocos asuntos hay tan sensibles a los movimientos geopolíticos y a los cambios de tendencia económica como el tratamiento, en todas sus vertientes, de las inversiones exteriores.
Tras la declaración del estado de alarma por el Real Decreto 463/2020 (LA LEY 3343/2020), de 15 de marzo, el Gobierno de España ha suspendido el régimen de liberalización de determinadas inversiones extranjeras mediante el Real Decreto- Ley 8/2020, de 17 de marzo (LA LEY 3655/2020), que fue modificado quince después, en lo que aquí nos incumbe, por el Real Decreto Ley 11/2020, de 31 de marzo (LA LEY 4471/2020) (en adelante, RDL 8/2020 (LA LEY 3655/2020) y RDL 11/2020).
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