No te pierdas nuestros contenidos
SuscribirmePor: Miró Ayats e Irene Álvarez
El Tribunal Supremo dictó el pasado 18 de junio de 2019 (recurso núm. 6435/2017) una sentencia que incorpora nuevos argumentos para anular las tasas que el Ayuntamiento de Barcelona había aprobado para gravar las viviendas vacías. Estas tasas, aprobadas el 30 de septiembre de 2016, suponían una modificación de la Ordenanza Fiscal 3.1 de Barcelona, reguladora de las tasas por servicios generales, introduciendo en su artículo 2.9 dos nuevas tasas: una por importe de 633 euros por cada expediente incoado para la declaración de desocupación de una vivienda, y otra por importe de 286 euros por cada requerimiento efectuado instando la ocupación de la vivienda desocupada. Dichas tasas fueron recurridas por algunos de los afectados llegando dichos recursos hasta el Tribunal Supremo (TS
Continuar leyendo lavanguradia.com
No te pierdas nuestros contenidos
Suscribirme