Nuevo Reglamento de Arbitraje publicado en agosto de 2020 de la London Court of International Arbitration.
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SuscribirmeEn agosto de 2020, la London Court of International Arbitration («LCIA») publicó su nuevo Reglamento de Arbitraje, que entró en vigor el 1 de octubre de 2020 y que se aplica a los procedimientos que se inicien a partir de dicha fecha (el «Reglamento LCIA 2020»). El Reglamento LCIA 2020 es una actualización del Reglamento en vigor hasta ahora, que es el de 2014.
Uno de los objetivos claros del Reglamento LCIA 2020 es agilizar y hacer más eficiente el procedimiento arbitral, lo que pasa por tres categorías de nuevas reglas. En primer lugar, el Reglamento LCIA 2020 introduce cambios para dar preferencia a los medios de comunicación y gestión electrónicos y preconizar el uso de la tecnología en el proceso. En segundo lugar, el Reglamento LCIA 2020 introduce novedades sobre la iniciación y prosecución conjunta de arbitrajes.
En tercer lugar, el Reglamento LCIA 2020 plasma facultades expresas de los árbitros para facilitar la resolución expedita de los procedimientos. Además de lo anterior, con el Reglamento LCIA 2020, la Corte ha aprovechado para incorporar al Reglamento varias disposiciones sobre aspectos que ya venían siendo práctica habitual de los usuarios, aunque hasta la fecha estaban recogidas en notas prácticas u otro tipo de soft law. Entre estas, destacan la regulación de la figura del secretario arbitral y la interpretación del Reglamento LCIA 2020 conforme al derecho inglés. Finalmente, la LCIA ha introducido disposiciones sobre cuestiones no sustantivas del procedimiento, como son las relativas a la protección de datos y el compliance. Igualmente, ha modificado ciertos aspectos económicos, señaladamente las tarifas de la Corte y la tarifa horaria máxima de los árbitros.
La Ley Mediación y Arbitraje, nº 4/2020 (octubre-diciembre)
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