Acuerdo entre Parlamento Europeo y Consejo sobre el Reglamento de Servicios Digitales (DSA)

2022-04-25T15:52:00
Unión Europea

La aprobación del Reglamento de Servicios Digitales (Digital Services Act) entra en su fase definitiva tras el acuerdo entre Parlamento y Consejo

Acuerdo entre Parlamento Europeo y Consejo sobre el Reglamento de Servicios Digitales (DSA)
25 de abril de 2022

Tras la fase de trílogos, la Comisión hizo público el pasado 23 de abril el acuerdo entre el Parlamento y los Estados Miembros sobre la propuesta de Reglamento de Servicios Digitales.

La Comisión anunció su propuesta de texto en diciembre 2020 (el cual fue analizado en esta entrada del blog) y el Consejo y el Parlamento votó en diciembre 2020 y enero 2021 a favor de la propuesta (si bien propusieron realizar una serie de modificaciones, que ya tuvimos oportunidad de estudiar en esta y en esta entrada del blog).

A pesar de que seguimos pendientes de la publicación de la versión final de la propuesta de Reglamento, la nota de prensa publicada por la Comisión señala cuáles son sus principales novedades, entre las que destacan las siguientes:

> El Consejo y el Parlamento han decidido conferir a la Comisión competencia exclusiva de supervisión de las plataformas de gran tamaño y los motores de búsqueda de gran tamaño. En este sentido, se aclara que el mecanismo de supervisión, en cooperación con los Estados Miembros, conserva el principio de país de origen.

> Se impone una obligación de cuidado a los mercados en línea respecto a los vendedores que venden sus productos o servicios en dichas plataformas. En particular, los mercados en línea estarán obligados a recoger y publicar información sobre los productos y servicios vendidos, a fin de asegurar que los consumidores están debidamente informados.

> Las plataformas de gran tamaño deberán analizar los riesgos sistémicos que generan y, además, deberán realizar análisis de reducción de dichos riesgos anuales, con el objetivo de reducir los riesgos asociados la diseminación de contenido ilegal, efectos adversos a los derechos fundamentales, manipulación de los servicios que impacten en los procesos democráticos y la seguridad pública y efectos adversos basados en violencia de género y menores.

> Se prohíben las conductas engañosas, tales como los llamados “patrones oscuros” y cualquier otra práctica que persiga engañar a los usuarios.

> Las plataformas en línea de gran tamaño y los motores de búsqueda de gran tamaño deberán ofrecer a sus usuarios un sistema de recomendación que no se base en su perfil.

> Tras la invasión rusa de Ucrania, se introduce un nuevo mecanismo aplicable en caso de crisis, en virtud del cual la Comisión puede analizar el impacto de las actividades de las plataformas de gran tamaño y los buscadores de gran tamaño y proponer medidas proporcionadas y efectivas en aras de proteger el respeto a los derechos

> Las plataformas accesibles por menores no podrán prestar servicios de publicidad basados en los datos de usuarios menores de edad.

En cuanto a los pasos pendientes, lo cierto es que estamos cada vez más cerca de que la DSA sea una realidad legislativa. El acuerdo que se ha logrado entre el Consejo y el Parlamento Europeo deberá ahora aprobarse por los dos colegisladores. A continuación, la DSA será directamente aplicable en la Unión Europea.

Según la nota de prensa de la Comisión, se prevé que la DSA sea plenamente aplicable en un plazo de 15 meses desde su aprobación o a partir del 1 de enero de 2024 (el plazo que resulte ser más tarde), excepto a las plataformas de gran tamaño y a los motores de búsqueda de gran tamaño, que deberán cumplir con las obligaciones que les resulten de aplicación en un plazo de cuatro meses. Mantendremos el blog actualizado sobre las novedades que surjan al respect.

25 de abril de 2022