Se incluye a los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) como sujetos obligados a proporcionar información a la UIF
El 27 de julio de 2023, mediante el Decreto Supremo No. 006-2023-JUS, el Ejecutivo peruano aprobó la incorporación de los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales como sujetos obligados a proporcionar información a la Unidad de Inteligencia Financiera.
Esto significa que los PSAV deberán cumplir con una serie de obligaciones y medidas para prevenir el delito de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.