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SuscribirmeEn julio de 2014 un analista de un tercer país publicó un informe advirtiendo de que una sociedad admitida a negociación en el Mercado Alternativo Bursátil (MAB) había falseado la información sobre su situación patrimonial y financiera, y su actividad. Unos accionistas de la sociedad, que acabó entrando en concurso, interpusieron una demanda contra el asesor registrado de la sociedad, que fue rechazada tanto en primera como en segunda instancia. Recordemos que el MAB era el Sistema Multilateral de Negociación — “SMN”— antecesor del BME Growth, y que el asesor registrado es una entidad profesional que deben nombrar las sociedades que quieran incorporarse a estos SMN para, entre otros, asistirles en el cumplimiento de sus obligaciones.
En la STS de 19 de marzo de 2023, núm. 1519/2023 (ECLI:ES:TS:2023:1519) el TS estima parcialmente el recurso de casación interpuesto por estos accionistas al entender que:
- El asesor registrado tenía la obligación de controlar que la información comunicada por la empresa no indujera a confusión a los inversores. Así estaba previsto en el Anexo I de la Circular MAB 5/10 y en el art. 5 de la Circular MAB 10/10, aunque esta obligación no figurase entonces en la Ley del Mercado de Valores.
- La cláusula contractual de limitación de responsabilidad que el asesor registrado había pactado con la sociedad era contraria a la norma y, en ningún caso, podía tener efectos frente a los inversores.
- La actuación del asesor registrado tenía como destinatarios, entre otros, a los inversores. El TS rechaza el argumento de la Audiencia Provincial de que los destinarios de la actuación del asesor registrado eran la sociedad y la entidad rectora del mercado, y no los inversores. Es más, considera que el control de la información por parte del asesor registrado es más relevante para los inversores en un SMN como el MAB donde la liquidez era menor. La razón es que esta información resulta clave para los inversores a la hora de determinar el precio porque existen menos operaciones de referencia en el mercado.
- La conducta del asesor registrado resultó negligente como puso de manifiesto el hecho de que las irregularidades fuesen detectadas por un analista de un tercer país, sin acceso directo a la documentación de la sociedad.
- Existió una relación de causalidad entre la actuación del asesor registrado y el daño sufrido por los demandantes. Esto es, entre la falta de control por parte del asesor registrado, la distribución de información falsa al mercado y la bajada del precio de la acción.
Como excepción, el TS considera que esta relación de causalidad no existió respecto de un volumen de acciones que fueron adquiridas cuando el precio se había desplomado tras la publicación del informe de analistas que advertía de las irregularidades. En este caso, no condena al asesor registrado al pago de indemnización.
En nuestra publicación “Nueva Ley Marco de los Mercados de Valores y los Servicios de Inversión” puede consultar otras novedades recientes que afectarán a las sociedades admitidas a negociación en BME Growth.
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