Se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (el “RDL 5/2023”).
El RDL 5/2023 introduce diversos cambios en la regulación del proceso civil. El más relevante consiste en la modificación de la casación civil. Esta nueva regulación rescata el texto del Proyecto de Ley de medidas de eficiencia procesal del servicio público de justicia, cuya tramitación quedó truncada con la disolución de las Cortes el pasado mes de mayo.
Algunas de las novedades más relevantes que exponemos en este documento son las siguientes:
- La reforma pone fin a la duplicidad de recursos: desaparece el recurso extraordinario por infracción procesal
- El interés casacional se erige en el eje de la nueva casación, tanto para las infracciones sustantivas como para las procesales
- El Tribunal Supremo decidirá sobre la admisión sin oír a las partes
- En los casos de denuncia de la infracción de doctrina consolidada de la Sala, el Tribunal Supremo podrá resolver por auto y devolver el asunto a la Audiencia Provincial para que dicte nueva sentencia
La reforma de la casación civil entrará en vigor al mes de su publicación en el BOE (esto es, el 29 de julio de 2023). De conformidad con el régimen transitorio, la nueva regulación del recurso de casación civil sólo se aplicará a los recursos que se interpongan contra las resoluciones dictadas a partir de su entrada en vigor.