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Suscribirme- El pasado 29 de abril, el Consejo acordó modificar la Directiva Contable (2013/34/CE) para retrasar hasta el 30 de junio de 2026 el plazo para que la Comisión apruebe las normas de presentación de la información sobre sostenibilidad específicas de cada sector (ESRS sectoriales) y para determinadas empresas de la terceros países que operen en la Unión Europea (ESRS para empresas de terceros países).
- Este aplazamiento resulta coherente con el objetivo planteado por la Comisión en su Comunicación “Competitividad a largo plazo de la UE: más allá de 2030” de racionalizar y simplificar los requisitos de presentación de información sobre sostenibilidad por parte de las empresas, para reducir la carga administrativa y garantizar la transparencia del mercado. En concreto, se ha considerado que:
- Facilita que las compañías puedan centrarse en la aplicación del primer conjunto de estándares comunes de divulgación (ESRS generales) publicado en diciembre de 2023 (ver Legal Flash | Publicación del primer lote de estándares ESRS). Estos ESRS generales deberán ser utilizados, entre otros, por las sociedades que tengan que presentar su informe de sostenibilidad del ejercicio 2024 conforme a lo previsto en la Directiva CSRD. Ver Legal Flash | Información corporativa sobre sostenibilidad: Directiva CSRD.
- Las empresas de terceros países contarán con suficiente margen dado que no tendrán obligación de informar conforme a la Directiva CSRD hasta el ejercicio 2028.
- Resulta oportuno dar al EFRAG (el organismo que asesora a la Comisión sobre las normas de presentación de información sobre sostenibilidad) el suficiente tiempo para que pueda elaborar normas sectoriales eficientes y proporcionadas.
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