Diez cuestiones clave para entender la normativa proyectada en los tres territorios vascos
Las tres Diputaciones Forales del País Vasco (Álava, Bizkaia y Gipuzkoa) han aprobado sus normas forales del Impuesto Temporal de Solidaridad de Grandes Fortunas (ITSGF). Las tres normas forales ya están publicadas en los Boletines oficiales de los tres territorios y en consecuencia el impuesto tendrá efectos en el propio año 2023.
La regulación prevista no es exactamente igual en los tres territorios y tampoco coincide con la regulación de este mismo impuesto en el territorio común (Ley 38/2022).
En las tres normas se define el hecho imponible como la titularidad por el contribuyente-persona física en el momento del devengo de un patrimonio neto superior a 3.000.000 de euros. Sin embargo, en atención a la configuración del impuesto en cada territorio, las escalas de gravamen y el mínimo exento, los umbrales efectivos a partir de los cuales se deriva cuota a pagar son superiores a dicho importe.
La tributación por este impuesto requiere realizar un análisis pormenorizado e individualizado para cada contribuyente.