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SuscribirmeSe ha publicado el Decreto-Ley 4/2023, de 12 de septiembre, por el que se aprueban medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes, se amplían las ayudas al acogimiento familiar, se incrementan las ayudas a los nuevos autónomos y se conceden ayudas directas a los productores de cerezas (Decreto-Ley 4/2023).
El Decreto-Ley contiene varias medidas relevantes en materia de fiscalidad directa autonómica, entre las que destacan (i) en el ámbito del Impuesto sobre el Patrimonio (IP), la aprobación de una bonificación del 100% de la cuota íntegra y, (ii) en el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), la bajada de la tarifa autonómica.
Ambas modificaciones incidirán ya en el IRPF e IP del año 2023, con la única excepción de los contribuyentes fallecidos antes de la entrada en vigor de la norma (15 de septiembre de 2023), cuyo IRPF se calculará de acuerdo con la tarifa previa.
Bonificación del 100% del Impuesto sobre el Patrimonio
El Decreto-Ley 4/2023 introduce una nueva bonificación autonómica del 100% de la cuota resultante del IP después de la aplicación de las deducciones y bonificaciones previstas en la normativa estatal. Con esta bonificación, se elimina de facto la tributación por el IP, cuyo impacto material podría valorarse teniendo en cuenta que, según los últimos datos estadísticos publicados por la AEAT, en Extremadura se presentaron 1.284 declaraciones correspondientes al IP del ejercicio 2021.
Esta medida afecta a los contribuyentes que tengan su residencia habitual en Extremadura, así como a contribuyentes no residentes cuando el mayor valor de sus bienes y derechos por los que se exija el IP se entiendan situados en Extremadura. En todo caso, aunque resulte de aplicación la nueva bonificación, cabe recordar que la Ley del IP impone la obligación de presentar la autoliquidación para aquellos contribuyentes cuyos bienes o derechos tengan un valor superior a 2 millones de euros y ello a pesar de que no exista cuota a ingresar.
Por último, no puede pasarse por alto que la aplicación de esta bonificación autonómica por parte de aquellos contribuyentes con un patrimonio neto superior a 3 millones de euros les conllevará una mayor cuota del Impuesto estatal sobre las Grandes Fortunas, en los ejercicios en que este sea exigible.
Bajada de la tarifa autonómica del IRPF
El Decreto-Ley 4/2023 introduce una bajada de los tipos impositivos de los cinco primeros tramos de la tarifa autonómica aplicable a la base liquidable general de los residentes en Extremadura, tal y como se detalla a continuación, en comparación con la existente con anterioridad:
Esta modificación tiene un impacto en la escala consolidada (resultado de agregar la escala autonómica y la escala estatal, ambas aplicables a la base general) vigente en Extremadura, tal como se muestra a continuación:
Otras medidas fiscales
El Decreto-Ley 4/2023 incorpora otras medidas fiscales. Al respecto, cabe mencionar que deroga el tipo autonómico del Impuesto Especial sobre Determinados Medios (16%), de forma que a partir del día 1 de octubre de 2023, resulta de aplicación el tipo general estatal.
Asimismo, también suprime, antes de que se haya producido su efectiva entrada en vigor, el Impuesto sobre las viviendas vacías a los grandes tenedores.
En último lugar, se modifica la deducción autonómica por alquiler de vivienda habitual en sede del IRPF y se prorroga, durante el ejercicio 2024, el gravamen reducido establecido para la modalidad de Actos Jurídicos Documentados aplicable a la adquisición de determinadas viviendas.
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