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SuscribirmePor: Daniel Cuyás y Iris Favà
Durante los últimos años se ha incrementado de forma ostensible el empleo, por parte de los órganos de Recaudación de la Administración tributaria, de la figura de la derivación de responsabilidad, bien para aumentar los targets para el cobro de deudas tributarias (responsabilidad solidaria), bien para evitar que una deuda devenga incobrable en los supuestos en que el contribuyente carece de patrimonio embargable (responsabilidad subsidiaria).
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