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SuscribirmeEl pasado 21 de diciembre de 2022, la CNMC autorizó en primera fase la operación de concentración consistente en la adquisición del Instituto Valenciano de Infertilidad (IVI-RMA) por KKR, sujeta al cumplimiento de determinados compromisos estructurales (desinversión) y de comportamiento. Esta operación es la más reciente de un total de cuatro operaciones autorizadas en primera fase con compromisos por la CNMC desde el 26 de octubre de 2022.
La adquisición de IVI por parte de KKR
IVI-RMA (“IVI”), que cuenta con clínicas en la mayoría de regiones de España, ofrece tratamientos de fertilidad y están especializados en técnicas de reproducción humana asistida. Por su parte, KKR es una multinacional dedicada, entre otras actividades, a la gestión y administración de fondos de inversión y capital riesgo.
En su análisis, la CNMC apreció que la operación daría lugar a un solapamiento horizontal relevante entre el líder en tratamientos de reproducción asistida en España (IVI) y GeneraLife, una empresa en cartera de KKR. Igualmente, la CNMC habría analizado el solapamiento horizontal en otras actividades como la gestión y donación de gametos.
La conclusión del análisis de la CNMC, que incluyó la realización de diversos test de mercado, fue la existencia de potenciales riesgos para la competencia debido a que la entidad resultante de la operación alcanzaría altas cuotas en el mercado de la prestación de servicios de fertilidad a pacientes privados en Sevilla, Zaragoza y Murcia. En Madrid, la operación daría lugar a la unión entre el primer y el tercer operador del mercado, y a este respecto, la CNMC consideró que la presión competitiva tras la operación no sería suficiente, especialmente, porque KKR (a través de GeneraLife) en su día celebró acuerdos de provisión de servicios de fertilidad con el principal competidor en esta región.
Los principales riesgos identificados por la CNMC en relación con el mercado de prestación de servicios de fertilidad a pacientes privados son: (i) el aumento de precios para los consumidores y (ii) la adquisición por KKR de una posición negociadora privilegiada en Sevilla, Zaragoza, Murcia y Madrid a la hora de decidir el tipo de servicios que quiere ofrecer y sus condiciones.
Para eliminar los posibles problemas de competencia detectados por la CNMC, KKR se comprometió a desinvertir clínicas en Sevilla, Murcia y Zaragoza con el fin de evitar los solapamientos resultantes de la operación.
Por lo que se refiere a Madrid, KKR también se comprometió, durante un período de 3 años: (i) a limitar las subidas de precios a la evolución de la estructura de costes, (ii) a no empeorar las condiciones comerciales de sus servicios actuales y (iii) a no celebrar acuerdos para la prestación de servicios de fertilidad con su principal competidor en esta región. Por último, KKR se comprometió a modificar el acuerdo de distribución en exclusiva de larga duración para soluciones de vitrificación que ya tenía suscrito IVI.
Las operaciones autorizadas en primera fase con compromisos en 2022
Esta nueva decisión materializa el repunte en los últimos meses de operaciones de concentración en España en las que CNMC ha identificado riesgos de competencia, y cuya autorización en primera fase está condicionada al cumplimiento de compromisos. Entre las operaciones autorizadas por la CNMC recientemente destacan las siguientes:
- El 26 de octubre de 2022, la fusión por absorción de Farmacéutica Conquense (COFARCU) por la Hermandad Farmacéutica del Mediterráneo (HEFAME). La operación, que planteaba riesgos de competencia en el mercado full-line de venta de productos farmacéuticos a oficinas de farmacia, ha sido autorizada sujeta a que HEFAME realice una modificación de sus Estatutos para suprimir el periodo mínimo de permanencia y rebajar los volúmenes de compra mínima de sus socios.
- El 3 de noviembre de 2022, la adquisición de Thomson Reuters España, Wolters Kluwer España y Wolters Kluwer Francia por parte de Karnov. En su análisis, la CNMC identificó la existencia de riesgos para la competencia en el ámbito de: (i) las bases de datos jurídicas en España, y (ii) la edición y distribución de publicaciones jurídicas profesionales en España. En este sentido, Karnov se ha comprometido durante un periodo de 3 años (en su momento, se valorará la posibilidad de prorrogarlos adicionalmente por otros 2 años) a: (i) no vincular la adquisición o renovación por un cliente de una base de datos jurídica y/o una publicación legal, a la adquisición o renovación por ese cliente de cualquier otro producto ofrecido por Karnov, y (ii) no incluir cláusulas o incentivos de exclusividad en los contratos que se celebren o renueven con los autores que publiquen con Karnov.
Todo lo anterior evidencia la tendencia de la CNMC a analizar con mayor detenimiento las operaciones de concentración sometidas a su control y el incremento de la complejidad de estos procedimientos, lo que sin lugar a dudas tiene un impacto en los plazos y costes de la operación.
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